Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

566 MANUEL JESUS APARICIO VEGA s<·ñor Intendente de la Provincia de Azángaro donde se hallan los testigos, o de cualquiera otra persona que sea del agrado de V. S. al tenor de este pedimento, y fecho que sea se ha de dignar V. S. igualmente mandar se me entregue original para los efectos que me convengan.- A este fin.- A V. S. pido y suplico se sirva pro· veer como solicito en justicia jurando no proceder de malicia y para ello etc.- Pedro Dianderas (Rúbrica). En el Pueblo de Azángaro en diez y nueve días del mes de julio de mil ochocintos veinte y cinco años habiendo recibido el superior decreto marginal del señor Prefecto General del Depar– t amento el que obedezco con toda atención y asentimiento y en !>U puntual cumplimiento ofrezco de cumplir con la legalidad y fuerza que corresponde y para que de ello así conste lo firmo.– Eugenio Loayza (rúbrica). En dicho Pueblo de Azángaro en el mismo día, mes y año pareció presente Don Pedro Dianderas, quien para la información que tiene ofrecida presentó por testigo a Don Bernardo Santa Ma· iía, vecino del pueblo de Assillo, a quien le recibí el juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz, según forma de derecho, so cuyo cargo ofreció decir verdad de lo que supiere o fuere preguntado, y siéndolo al tenor del escrito que va por ca– beza, dijo: Que en los años pasados de mil ochocientos catorce S(! halló de Capitán de la Compañía del Pueblo de Assillo con e5pecial nombramiento, siendo Generales Pumacahua y Angulo, con cuyo motivo lo conoció al suplicante de Teniente, en una de las compañías o en la 3ra. del Batallón del Centro en el pueblo de Lampa de donde fueron transportados a la ciudad de Arequipa, donde lograron la victoria y fue el suplicante proveído de Capitán en su propia compañía y de allí se retrocedieron al punto de Urna· chiri con el mismo servicio y la fidelidad de su patriotismo en donde fueron extraídos y derrotados por las tropas españolas siempre con la firmeza y lealtad a su adhesión y hasta la presen· te lo conoce por tal. Que esta es la verdad so cargo del juramen· to que fecho lleva y siéndole leída esta su declaración. Dijo: ser la misma que no tiene que quitar ni añadir, en que se afirma y se ratifica y ser de edad de sesenta y un años poco más o menos, Y que no le tocan las generales de la ley, y lo firmó conmigo y tes· ti~os con quienes actúo a falta de Escribano.- Eugenio Loayza (Rúbrica).- Bernardo Santa María (Rúbrica).- Testigo: José Adrián de los Ríos (Rúbrica).- Testigo: Mariano Deza (Rúbrica).

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