Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX la revolución del Cuzco

194 LA REVOLUCION DEL ·CUZCO DE 1814 y ocho de Marzo del presente año, que se halla después de fojas cincuenta y dos del cuaderno de la Constitución. Con sólo obser– var este decreto, estaba todo hecho, mucho más cuando las circuns– t ancias de notoria escasés en el Cuzco no abren campo para una pompa y profusión superior a sus fuerzas. La mayor y mejor so– lemnidad, es dar cumplimiento y pronta ejecución a la Ley fun– damental de la Nación: la solemnidad no consiste en el aparato accidental equívoco entre el placer y la lisonja, sino en las prue– bas patéticas del amor y voluntad con que se recibe la ley, y esta prueba únicamente la da la obediencia y ejecución. Estas consi– deraciones resienten al Pueblo y hacen comprender, que con agravio suyo y de las Cortes permanecerá en suspenso la Consti– tución, conservándose todavía el Cabildo proscripto por la Na– ción, sin mas principio (pues no se alcance otro por ahora) que el de una providencia menos diligente, como si el asunto fuese de menos momento. Pero el resutado es grave: el pueblo conoce su dignidad, respira con honor aquel aire de libertad justa, sacude ese abati– miento que en su servil sopor le hizo abandonar sus derechos; rinde gracias a la Nación; posee ya una privativa autoridad de transmitir el sólo la Jurisdicción ordinaria y económica en los Alcaldes y Regidores; mira a los actuales en un esqueleto des– carnado de todas sus facultades; por consiguiente, no reconoce alguna en estos para poder tolerar ni obedecer otros credos por ellos, ni un momento más, después del treinta y uno de Diciem– bre ¿ Qué se sigue~ Qué, o se verifica todo lo que exige en lo que resta del mes, o se vé el Cuzco acéfalo de Alcaldes y Regidores que nadie obedecerá, pues ya las gentes para consigo han jurado únicamente la Constitución, y saben que mejor es obedecer a la ley. Este es comprometimiento del que responderá este papel y su proveído. Deben pues reservarse únicamente las elecciones para después del veinte y dos en que han decretado la jura; pero, ya que hasta hoy no se cuidó de los demás dispositivos que tenga todo listo, pedimos se ordene, circule, y ponga en feliz movimien– to en esta propia fecha, o si lo contrario se ordene se nos dé testi– monio de esta expresión que en toda forma juramos por Dios Nues– tro Señor.

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