Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX la revolución del Cuzco

336 Fiscal. LA REVOLUCION DEL CUZCO DE 1814 Ramírez (rúbrica) Ponferrada, Sec. (rúbrica) /F. 29 v./ /al margen/ Cuzco Mayo 23 de 1815. Por presentado el documento que acompaña: Vista al Sr. Gamarra (rúbrica) M.I.S.P. (rúbrica del Intendente Bernedo) El Fiscal de S.M. en vista de la opos1c10n entablada por doña María Asencia de Mendoza, viuda del rebelde José Angulo, dice: Que aun no constan los bienes que se hayan secuestrado de la pertenencia de este delincuente en fuerza de la confiscación de– clarada, y es preciso que se activen las diligencias relativas a dicho incidente, el que oportunamente se atenderá en justicia la solicitud de esta infeliz viuda quien debe justificar las acciones que pro– pone en forma competente pues el instrumento dotal que produce, es otorgado constante el Matrimonio, teniendo a la Mujer a su la– do, y sin fe de entrega, cuyo valor es sabido en derecho, y cuando mucho deberá reputarse como un Legado que solo se confirma con Ia muerte, según la expresa decisión de la Ley 19, Tit. 9<.> Partida 6'; y en la acción de gananciales aunque expedita según lo prescrito en las Leyes del Tit. 9<? lib<.> 5<.> de la recopilación de Castilla, debe purificarse el verdadero monto de dichos gananciales, satisfechas las deudas pasivas que haya. Así se ha de servir V.S. de mandar que /f. 30 / sin perjuicio de las calificaciones con que instruya su de– recho la interpelante, se recoja luego las actuaciones de embargo del mencionado Reo José Angulo, y que en el estado en que se ha– llaren, se pasen al Fiscal para que pida lo conveniente. Cuzco y Mayo 26 de 1815. Dr. Bedoya (rúbrica) /f. 31 / Expediente seguido por Dn. José Cornejo sobre el que se le pague ciento diez pesos cuatro reales importe del trabajo de los indios que trabajaron en el Cañaveral de Chitabamba.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx