Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX la revolución del Cuzco

338 LA REVOLUCION DEL CUZCO DE 1814 de las Armas del Soberano. Siendo esto lo que en el particular debo exponer. Cuzco Abril 6 de 1815. /f. 42/ M.I.S.P. Martín de Concha (rúbrica) El Capitán Dn. José Cornejo, vecino y recaudador de la con– tribución provisional del Pueblo de Pituhuanca, Partido de Cota– bambas, ante V. S.M. I. como mejor proceda de derecho paresco y digo: Que a pesar de mi acrisolada lealtad así al Soberano la que he mantenido indemne de mancha en las tempes tuosas ocasiones en que han fracasado las más acreditadas fidelidades, no pude me– nos que sucumbir a la coacción y fuerza del insurgente José Angu– lo, con la que me obligó a proporcionarle un número de indios pa· ra el laboreo de su hacienda de cañaveral nombrada Chitabamba, como a un particular que había de satisfacer el justo estipendio de ellos, y con él pudiesen cubrir los infelices el ramo de Tributo al Soberano. No pudiendo pues prescindir de un acto que no era incom– patible, ni directamente opuesto a los derechos del Rey, y consi– derando por otra parte que negarme a una pretención acostum– brada por esos lugares, sería poner de manifiesto mi aversión para con un hombre, cuya autoridad no tenía barreras ni límites, y que no verificarlo era conciliarse la indignación de aquel, y exponerme a ser víctima de su tiranía, obligado como es notorio y constante al señor Brigadier Don Martín Concha, cuya certificación acompaño en forma legal, se mandaron los individuos, cuya lista acompaño en igual forma, y tengo hecha presente al Señor General en Jefe, Pa– cificador de estas Provincias, como aparece del escrito de fs. 1' de cuya orden tengo producida la referida certificación del Se- /f. 42 v./ -ñor Concha. Cuando esperaba pues que se hiciese efectivo el pago de la cantidad que llegó a adeudar que fue la de ciento diez pesos cuatro reales para hacer mi entero al Real Erario, me encontré con la no– vedad de que solo me remitió su Administrador Mariano Cano, unos vales que son los mismos que acreditan el número de los in– dios, y la cantidad adeudada, protestándome que del primero y más pronto producto de la Hacienda realizaría la satisfacción. A este tiempo antes de haber verificado su promesa fue so– juzgado por las triunfantes armas del Rey, y justamente confisca– dos sus bienes en pena de su excecrable delito, entre los cuales

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