Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX la revolución del Cuzco

LA REVOLUCION DEL CUZCO DE 1814 17 Que la jura de dicha Constitución se haga por el M. I. S. P .. Real Audiencia y este ilustre Cabildo el día veinte /f. 63 v / y tres de este mismo mes. Que el día veinte y cinco pasen a la asistencia de la Jura de las Parroquias los señores de este Ilustre Cabildo por este or– den: A la Iglesia Matriz el M. I. S. P. con el escribano mayor del Gobierno. A la Parroquia de Belén el señor Alcalde de primer voto don Fabián Rosas. A la de Santiago el señor Alcalde de segundo voto don Pedro Troncoso. A la del Hospital de Naturales el señor Alcalde Provincial don Antonio Paredes. A la de Santa Ana el señor Regidor don Ramón Moscoso. A la de San Cristóbal el señor D. D. Vicente Peralta. A la de San Blas el señor don Matías Martínez. A la de San Sebastián el señor don Agustín Rozel. A la de San Gerónimo el señor don Diego Guerrero. A los cuales señores asistirán los escribanos por su orden y antiguedad, y no alcanzando, dos testigos honrados que eligirá el señor Regidor que corresponda. Que las noches de la publicación y jura se dé refresco en las casas consistoriales por convite que se hará por los comisio– nados. Que hayan tres corridas de toros en los días veinte, veinte y uno y veinte y dos de enero del venidero año de mil ocho– cientos trece. El primer día dará la ciudad con el importe del re– mate de la Plaza del Regocijo en que se harán dichas corridas. Y por cuanto este Ilustre Cabildo no encuentra en su cuerpo ni fuera de él personas de confianza, satisfacción, buena disposición y una cabal adhesión tanto para el desempeño de los dos refrescos como para la dirección de esta primera corrida de toros, sino el señor Regidor don Diego Guerrero acompañado de mí el presente escri– bano don José Agustín Chacón y Becerra nos nombraron por co– misarios de estas funciones, y para costear dichos refrescos en los días señalados asignaron dos mil pesos que se librarán contra los Propios y Rentas incluso el del mojonazgo; con más un mil pesos /f. 64/ para que se voten y derramen en los tabladillos en que se haga la publicación en solemnidad y demostración del júbilo que manifiesta esta ciudad con esta Const itución; y para que se aprue-

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