El Perú en las Cortes de Cádiz
EL PERU EN LAS CORTES DE CADIZ 561 bajan para si: saben que lo que ganaren será un nuevo motivo de vexaciort... Saben que con todas sus empresas, ahorros y pri• vaciones no pueden juntar nada seguro para su posteridad; ¡y con todo (no puede decirse sin estremecerse el corazon), y con todo trabajan! ¡Y con todo se afanan y sirven a las demas castas! ¿Y con todo llamamos holgazana, ociosa, degenerada é imbécila la preciosa de los in'dios? ¡Qué injusticia! ¡Qué ceguedad! En lugar de acriminar el desgano y apatia que á veces se observa en ellos, debemos admirarnos que todavía haya uno solo que se dedique á trabajar con esfuerzo. "Vea aquí V. M. comprobada la laboriosidad de los indios por el testimonio de una corporacion muy respetable, y que habla en un país donde exísten indios, y donde todos saben sus costum– bres. Yo creo que he dicho bastante paar manifestar que debe de– ponerse qualquier prevencion que contra el genio laborioso de los indios se hubiere concebido; que por consiguiente no existe el mo– tivo primero de la ley. Tampoco existe el segundo; á saber: falta de operarios. Basta tener presente que la poblacion de América se computa, segun un cálculo medio, en quince millones de habitan– tes, de los quales la menor parte es de indios seguramente; con que diciendo expresamente la ley que luego que se haya aumentado el número de operarios que voluntariamente acudan al trabajo, de– ban cesar las mitas, es claro que ha llegado ya este caso, y que V. M. está en el de declararlo. Todas las leyes civiles són variables, segun varían las circunstancias, mucho mas aquellas que designan expresamente que el tiempo de su duracion sea mientras que exis– tan las circunstancias que las motivaron. He manifestado que la genial apatía de los indios no ha existido, y que aun quando fuera cierto no son las mitas el medio de corregirla: igualmente he mani– testado que en el dia no hay falta de operarios. Luego las leyes que autorizan las mitas deben cesar; luego V. M. debe declarar su cesacion. Cinco ó seis millones de españoles, que son vexados con tan infame servidumbre, reclaman de V. M. esta providencia. "V. M. ha sancionado una constitucion, en que se han ase– gurado del modo mas solemne los derechos de los españoles; de consiguiente, todas aquellas leyes que siendo un efecto del sistema antiguo no pueden avenirse con nuestras leyes fundamentales, es– tán derogadas directamente. Las leyes mitales estan en este caso;
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