Historia de la emancipación del Perú: el protectorado

528 GERMAN LEGUIA y MARTINEZ y el poder la decretó, con'~.~entaja tan cierta como inmediáta. Nu– merosa gente de mar, vagabunda ya y sin ocupación, no encontró más arbitrio que el de tomar plaza en la flota del Estado, expedi– ta para saiir a campaña en octubre siguiente. XXI En verdad que, constituída una escuadra, por escasa e inci– piente que ella fuese, el arma del corso, aunque auxiliar, coope– rante y grandemente útil, no era ya tan imprescindible como en los primitivos tiempos. Todas las energías y recursos de la nación de– bían concentrarse en la flota llamada a expandir la potencia dete– nida del Ejército Unido Argentino-chileno. Inmensas, con todo, fue– ron las ventajas del corso. El reveló a los dominadores engreídos el peligro en que comenzaba a estar su dominio monopolizador de todos los mares americanos; sirvió para intranquilizar sus antes descansadas expediciones y para desmedrar su comercio; y, en fin, constituyó una escuela preparatoria, objetiva y eficaz, que aquellos tercios navales en que habrían de tener punto de apoyo, impulso, gloria y eficiencia las homéricas audacias de lord Cochrane. Cuan– do el intrépido almkmte dol:>ló el Cabo para hacerse dueño y se– ñor de la mar del Sur, ya no hubo de malgastar su actividad, tiem– po y aptitudes en formar marinería; el arco estaba preparado en alto, vigoroso y tenso; y, así 1 el dardo de su genio no tuvo ya otro afán que dispararse rectamente al blanco del heroísmo y de la glo– ria ... XXII Las PP. UU. del Río de La Plata no decretaron la abolición del corso hasta el 15 de mayo de 1821, esto es, dos meses antes de la ocupación de Lima por las fuerzas unidas libertadoras; y ya ve– remos cómo San Martín pensó en hacer revivir esta hostilidad ma– rítima en el período de su protectorado. Agreguemos, para con– cluír, que el gobierno peninsular no pudo menos que hacer con– fesión expresa del calamitoso estado en que, por estos tiempos, pusieron los corsarios el tráfico y el comercio coloniales. Real de– creto de 8 de febrero de 1816, publicado en la "Gaceta" de Madrid de 13 del mismo mes y año, contenía estas palabras: "Son ya muy graves y dilatados los perjuicios y daños que causan al Estado en general, y a todos mis vasallos en particular, los buques armados por los insurgentes o rebeldes de mis dominios de América en to– dos aquellos mares, interceptando la navegación y el comercio, im-

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx