Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
20 GERMAN LEGUIA Y MARTINEZ tkular -decía, con tal propósito, el art. vigésimo del Reglamenta– se establecerán los sueldos que deben gozar todos los empleados de nueva creación; y los distintivos correspondientes al rango de los magistrados de un pueblo libre". XI Expidióse esta seudoconstitución inicial, imperfecta y fragmen– taria, en Huaura, según ya se dijo, el 12 de febrero de 1821, "se– gundo año de la libertad (nominal) del Perú, y cuarto aniversario de la batalla de Chacabuco"; y firmáronla, con San Martín, el lla– mado "secretario de guerra y marina", Bernardo Monteagudo; y el "de gobierno y hacienda", Juan García del Río (2). Apenas si merece el nombre de "carta política". No contiene na– da acerca de la soberanía. No hay que buscar en ella cosa alguna, puesto que no la hay, respecto a la distinción y el equilibrio de los poderes, ni a garantías individuales o sodales. Guarda silencio pro– fundo sobre la forma de gobierno. Para nada consultó ni tuvo en cuenta la voluntad ni el deseo del pueblo emancipado. Por sí y ante sí, el "libertador" erigióse en árbitro supremo de su régimen y des– tino; y, por sí y ante sí, arrogóse el ejercicio y la suma de todos los po– deres públicos: legislativo, ejecutivo y hasta judicial (en los ar– tículos 5?, 14?, 16? y 19?, extravasando la jurisdicción de guerra, que como era natural en las circunstancias del tiempo, declarábase en el art. 15?). San Martín, capitán general del Ejército Unido Liber– tador, constituíase en fuente y personero, principio y coronación de todas las funciones públicas; y de ese modo implantaba una forma de gobierno autocrático, que podía ser, a su voluntad, como fue en muchas ocasiones, o el despotismo o la tiranía, para todas o solo para algunas de las clases sociales; dictadura estrictamente militar; poder omnímodo, sin trabas ni limitación; usurpación violenta, en que el capricho del autócrata era todo, y la voz del pueblo nada; arranque arbitrario, ciego, sin motivo ni exculpación; tanto más condenable cuanto más contradictorio con los antecedentes de pres– cindencia, desinterés y abnegación de que su perpetrador hiciera gala en Santiago, al declarar solemnemente que su pueblo debería "ha– r.er uso libre de sus inalienables derechos, para darse la forma de gobierno que le fuese másá análogo y conveniente" ... (2) Vizcarra, que, hasta esa fecha, había servido la secretaría de hacien– da en campaña, quedó eliminado, por circunstancias que ningún mnemógrafo de la época consigna.
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