Historia de la emancipación del Perú: el protectorado

70 GERMAN LEGUIA Y MARTINEZ cado desacato a la autoridad suprema, fuese el primero y el último ejemplo de tan disfrazado escándalo" (24). XXXI El sostenimiento de estas órdenes, eternas en el concepto de sus fundadores, fue cosa que preocupó a los prohombres del Protecto– rado, escasos siempre de fondos. Así que diéronse a la labor de buscarlos. Por felicidad para ellos, no faltaron gentes que tomaran a lo serio el nacimiento, la creación y la vida misma de ambas ins– tituciones neonobiliarias. Sin contar a los erectores, que todos, espe– cialmente Monteagudo, ufano con sus flamantes títulos, apresuráron– se a poner, en el frontispicio de sus casas, el sol y las armas de la Orden, junto al escudo oficial autorizado para ostentación de sus funciones políticas; fue uno de los convencidos el señor contador de la ofioina o Caja de Diezmos, don Tomás José de Morales y Ugal– de, individuo perteneciente a la Orden del Sol en la calidad de miembro asociado. Concibió éste un plan factible de capitalización de recursos, capaz de hacer frente a las pensiones vitalicias y gastos ordina– rios del instituto; plan que, por supuesto, fue recibido por los directores del régimen monarquizador y aceptado por ellos con el mayor entusiasmo. He aquí la exposición en que el funcionario alu– dido manifestaba al Gobierno la manera de constituir los fondos anhelados. "Al Iltmo. Sr. Ministro de la Guerra.- Iltmo. y honorable Sr.– La institución, para siempre recomendada, de la. honorable Orden del Sol, exige imperiosamente fondos para su subsistencia. Los cua· renta mil pesos de la Carolina española (25), aplicados para aque– llos, pueden no ser efectivos en su totalidad, por cuanto su extrac– ción está señalada y repartida en las dieciocho mitras y cabildos de ambas. Américas, a saber: Méjico, Puebla de los Angeles, Oajaca, Michoacán, Guadalajara, Durango, Cuba, Caracas, Lima, Cuzco, Are– quipa, Trujillo, Huamanga, Chile, Charcas, Paz, Santa Fe y Quito.– De las dieciocho referidas, sólo creo disponibles los ocho mil cua– trocientos pesos que corresponden a las de Lima, Cuzco, Arequipa, Trujillo y Huamanga, respecto de que no rigen las mismas circuns- (24) Número 14<! de la Gaceta del Gobierno, correspondiente al 16 de •febrero de 1822, el mismo a que pertenecen todas las frases puestas entre comillas. (25) La orden de Carlos III.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx