Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
LA CONTROVERSIA 117 "Artículo II.- La Junta Superior de Guayaquil declara la pro– vincia que representa bajo los auspicios y protección de la Repú– blica de Colombia. En consecuencia confiere todos sus poderes a S. E . el Libertador Presidente para proveer a su defensa y sostén de su independencia, y comprenderla en todas las negociaciones y tratados de alianza, de paz y comercio que celebrare con las na– ciones amigas, enemigas y neutrales; a cuyo efecto la Junta de Gobierno formará y remitirá, directamente o por medio de co– misionados, las ex posiciones< convenientes, que recomienden las consideraciones que debe merecer esta provincia, en cualesquiera tratados, por su situación geográfica, política y mercantil". "Artículo III.- Siendo de la mayor importancia la ocupa– ción total del departamento de Quito, por el bien general de la América y el particular de aquellos pueblos de Colombia que aún gimen bajo la opr~sión española; Guayaquil, animada de los sen– timientos de unión y fraternidad, se obliga a cooperar, con todos los medios que estén en su poder, a los planes de la República, para libertar las provincias del Departamento. Al efecto, promete todos los elementos de guerra necesarios de los que existen en los parques; cuantos recursos pueda proporcionar el país, y ocho– cientos hombres de las tropas veteranas de la provincia, por aho– ra, pagados y mantenidos por ella, que, incorporados a la divi– sión destinada por el Libertador a obrar en el sur de la República, darán este nuevo testimonio de su devoción e interés por Quito, Cuenca y demás pueblos subyugados aún". "Artículo IV.- La República de Colombia ofrece sus tropas, sus armas, sus recursos y sus hijos, para la defensa y libertad de Guayaquil y de todo el departamento de Quito. Se compromete, por tanto, a mandar los cuerpos que sean necesarios; y Guaya– quil, a facilitar los transportes y víveres para el tránsito y subsis– tencia en la provincia, cuyos gastos serán reconocidos en la deuda nacional". "Artículo V.- Estando Guayaquil bajo la protección de la República, e incqrporando por este convenio la mayor parte de su fuerza a la División del Sur de Colombia y a las órdenes del jefe de ella, la Junta Superior, en nombre de la provincia, con– cede al mencionado jefe las facultades necesarias para estipular con el Gobierno de Quito cualquiera negociación que lleve por base la libertad del país; para celebrar alguna suspensión de ar– mas; y para hacer que la regularización de la guerra entre Co– lombia y España por el tratado de 25 de noviembre pasado, com– prenda también a la República de Guayaquil".
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx