Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
420 GERMAN LEGUJA Y MARTINEZ iguales, pero mayores prerrogativas que las acordadas a nuestros actuales maestros de ceremon ias ocasionales e introductores esta– bles de ministros ( 13 de setiembre); la prescripción de que todo papel que se publicara por medio de la prensa, expresara en lo su– cesivo cuál era la imprenta en que dábasc a luz, con indicación del nombre del propietario ele ésta o del administrador de sus talleres u oficinas (24 ele agosto); la autorización conferida a los ministros de Estado para, en los expedientes seguidos ante sus respectivos de– partamentos, proveer por sí solos cualesquiera medidas o decretos de mera sustanciación, o de remisión de los m ismos, o de los recur– sos, a los jueces o tribunales del caso, "acordando con el jefe del Estado únicamente el despacho de aquellos que, siendo de la pecu– liar inspección del Gobierno, exigiesen el libramiento de alguna re– solución definitiva" (24 de agosto); y, en fin, la instauración de au– diencias públicas por el magistrado supr emo, con asistencia y en unión de sus tres ministros (11), en un sólo día de la semana (los miércoles) y en horas determinadas (de nueve a once de la mañana), con prohibición de toda solicitud a ese respecto en los restantes días, a no ser por motivos de acentuada urgencia (24 de agosto). De propósito hemos pasado por alto el más notable de todos los actos de San Martín en este melancólico período de los treinta días, ya que, por su peculiar trascendencia, pide y merece capítulo aparte. Tal fue la convocatoria, reunión e instalación del primer Congreso General Constituyente de la República; hecho del que pasamos a tratar, con la detención que exige por su extraordinaria significa– ción y proyecciones. ( 11) Costumbre que aún impera en determinados pueblos, como el Ecua– dor, donde nos impresionó favorablemente el ver al Presidente don Eloy Al– faro, rodeado de sus ministros, constituirse, diaria y sedenta riamente, en uno de Jos salones del palacio de Qwto, desde Ja una hasta las cinco de la tarde, a recibir en audiencia a funcionarios, empicados y particulares, leer y despachar expedientes, oír y atender reclamaciones, cte.
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