Historia de la emancipación del Perú: el protectorado

PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE 427 jeran un aplazamiento forzoso en la reunión anhelada de la asam– blea convocada, que era lo que el gobierno pretendía, sin atreverse a hacerlo por sí mismo, exculpándose así ante la opinión desconten– ta, a cuyos ojos se lavaría p ilatunamente las manos. Contrariando las esperanzas palaciegas, Ja mayoría de los elec– tos resultó opuesta a los ideales monarquizadores; pero ello no im– pidió que los defensores de estos ú ltimos se entregasen, con tenaci– dad y pasión, a la faena obstaculizadora de que estaban encargados. E l decreto de 27 de diciembre imponía a la comisión el plazo de un mes para la presentación del reglamento eleccionario; y, aunque aquélla hubiese debido comenzar a reunirse y deliberar desde prin– cipios de enero, es lo cierto que la designación de sus miembros no fue hecha ni anunciada al público hasta después de instalada la De– legación Suprema, y que t ales r eunión y delib eraciones no se inicia– ron hasta los últimos días del mes indicado (2). VIII Ocurrió, p ues, lo previsto por quienes tenían interés retardata– rio en estas cuestiones. Pasó todo el mes de enero y avanzaba a su fin el de febrero, cuando, no habiendo hecho sino poca cosa, los miembros de la comisión dirigiéronse al Supremo Delegado, por conducto del m inisterio respectivo, manifestándole la insign ifican– cia de lo trabajado hasta esa fecha; la insuficiencia del término, próximo a concluirse; y la necesidad imprescindible de dilatar este último, así como la de diferir la reunión del congreso, que ya sería imposible de efectuarse el 1~ de mayo. La nota per tinente decía: "Excmo. Sr.:- La comisión encargada de concertar y dirigir la convocación del próximo Congreso Constituyente, mientras que, penetrada de toda la importancia de este negocio, se ocupa en él con incesante desvelo, creería defraudar la inestimable confianza de V.E. y del público si, a fin de darle cuenta de la actividad de sus operaciones, no manifestara a V.E. las dificultades que ha to– cado al combinar los primeros elementos de su trabajo; porque, refundiéndose aquéllas en un necesario entorpecimiento de éste, sólo las superiores decisiones de V.E. en la materia podrán dar a (2) El munero 7 de Ja Gaceta oficial, correspondiente a l 23 de enero de 1822, trae la nómina de los comisionados, y agrega al pie: "Las sesiones de la comisión empezarán esta semana, debiendo reunirse a la hora y en el Jugar que acuerden los nombrados, de cuyo celo se espera lo verifiquen sin demora".

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