Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
PRIMER CONGRESO CONSTITUYENTE 433 doble mayor que el de los diputados que correspondían al departa· mento"; de manera tal, que, "si uno solo de esos nombres hubiera ya reunido la pluralidad en la primera votación, el elegido, desde luego, sería diputado, y la lista que se formara contendría dos nom– bres menos; si dos hubiesen obtenido la pluralidad, ellos serían igualmente diputados, y la lista constaría de cuatro menos; es de– cir -agregaba el artículo pertinente- que la lista debería siempre contener un número de individuos doble del de los diputados que aún no hubiesen resultado electos, por no haber obtenido la mayo– ridad absoluta de los sufragios de todo el departamento" (art. 30?). XV Cada uno de los presidentes de mesa de parroquia que forma– ban la junta de regulación (que así denominaba la ley a ese colegio o reunión de p residentes parroquiales) se restituiría inmediatamen– te a la parroquia de su residencia, llevando consigo un ejemplar de Ja lista de candidatos elegibles, firmado por la junta entera. Quie– nes no hubiesen ido personalmente a la capital del departamento, re– cibirían la tal lista por conducto de su respectivo apoderado (art. 31). Procederíase luego en las parroquias a una nueva y última vo· tación, cuyo objeto sería ya elegir a todos los diputados o a los que únicamente faltaran, según el caso; y esta elección habría pre– cisamente de hacerse de entre las personas comprendidas en la lis– ta de candidatos arrojada por la precedente votación (art. 32). En esta última elección intervendrían y sufragarían los mismos ciuda– danos que en la anterior (art. 33); y, con su resultado, tornarían los presidentes de parroquia a la capital, para, en otra junta regu– ladora o de presidentes parroquiales, hacer el escrutinio definitivo, proclamar y expedir sus poderes a los representantes (arts. 34~ a 38~) . XVI La proclam~.ción se efectuaría en la siguiente forma: "El presi– dente y demás individuos de la junta de regulación saldrían fuera de la casa consistorial, y (en Lima) avanzarían hasta Ja balaustra– da de los corredores que dan a la plaza de la Independencia (5). Colocado en este punto, dicho presidente publicaría al pueblo, en (5) Se había dado este nombre, como ya sabemos, a la plaza mayor o plaza de armas.
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