Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
LA CONTROVERSIA 79 "Art. 4?.- Todas las tropas de línea de mar y tierra existentes en la provincia de Guayaquil, se considerarán como una división d~l ~jército del Perú, a las órdenes del Gobierno de dicha pro– vincia, en cuanto sea relativo a la seguridad interior y defensa de ella". "Art. 5?.- El Excmo. Sr. Capitán General del Ejército Liber– tador del Perú nombrará al comandante general de las armas de la provincia de Guayaquil, en la vacante de este destino, que es ocupado actualmente por el coronel mayor don Toribio Luzuriaga, adicto al Estado Mayor de dicho Ejército". "Art. 6?.- Las vacantes, grados y empleos de la guarnición de las tropas de línea de mar y tierra de la provincia de Guaya– quil, se proveerán por el Gobierno, en virtud de propuesta del comandante general de las armas que está nombrado, o del que por su vacante nombrare el Excmo. Sr. Capitán General del Ejér– cito Libertador del Perú". "Art. 7?- La organización de las tropas de línea de mar y tierra de la provincia de Guayaquil, se ejecutará conforme al plan adoptado o que se adopte en el Ejército Libertador del Perú por S.E. el señor general". "Art. 8?.- El Excmo. Sr. Capitán General del Ejército Liberta– dor del Perú remitirá a esta plaza trescientos a cuatrocientos hom– bres de buena tropa veterana, con sus respectivos jefes y oficiales, para la guarnición de la provincia". "Art. 9?.- El Gobierno de Guayaquil sostendrá y vestirá las tropas de guarnición de mar y tierra, y satisfará todos sus gastos, en el modo y forma que se acordará con el comandante general de armas de que habla el artículq 5?". "Art. JO?.- La provincia de Guayaquil concurrirá al aumento del Ejército Libertador del Perú con cuatrocientos hombres, remi– tidos al cuartel general, a costa de los fondos de la provincia, lo más pronto posible". "Art. J J?.- El presente convenio tendrá toda su fuerza, y se– rá válido y subsistente, mientras dure la guerra contra los opre– sores del Perú". "Guayaquil y diciembre 30 de 1820.- Firmado:- Tomás Gui- do.- José Joaquín de Olmedo" (5). (5) Colecc. cit., t. I, págs. 245 a 247.- Según carta de Guido a Luzuriaga, 'datada a 20 de diciembre de 1820 e inserta en las Memorias del segundo, desde Ja fecha citada estaba el gobierno guayaquíleño dispuesto a firmar el convenio del 30. Esa carta dice: ''Mi querido amigo: - Incluyo a Ud. el con·
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx