Homenaje a la victoria de Ayacucho
111 Cualquier individuo de los que compone el ejército será admitido en el del Perú en su propio empleo, si lo quisie– re. IV Ninguna persona será incomodada por sus opiniones anteriores aun cuando haya hecho servicios señalados a fa– vor de la causa deT Rey, ni los conocidos por pasados: en este concepto tendrán derecho a todos los artículos de este tratado. V Cualquiera habitante del Perú, bien sea europeo o ame– ricano, eclesiástico o comerciante, propietario o empleado que le acomode trasladarse a otro pa(s, podrá verificarlo en virtud de este convenio, llevando consigo su familia y propiedades, prestándole el Estado protección hasta su sa– lida; y si eligiere vivir en el país, será considerado como los peruanos. VI El Estado del Perú respetará igualmente las propiedades de los individuos españoles que se hallaren fuera del terri– torio, de las cuales serán libres de disponer en el término de tres años, debiendo considerarse en igual caso las de los americanos que no quieran trasladarse a la Península y tengan allí intereses de su pertenencia. VII Se concederá el término de un año para que todo in– teresado pueda usar del artículo So. y no se le exigirá más derechos que los acostumbrados de extracción, siendo li– bres de todo derecho las propiedades de los individuos del ejército. VIII El Estado del Perú reconocerá la deuda contraída hasta hoy por la Hacienda del Gobierno español en el territorio. IX Todos los empleados quedarán confirmados en sus res– pectivos destinos,, si quieren continuar en ellos, y si algu– no o algunos no lo fuesen, o prefiriesen trasladarse a otro país, serán comprendidos en los artículos 2o. y 3o. X Todo individuo del ejército o empleado que prefiera se– pararse del servicio, y quedarse en el país, lo podrá verifi– car I y en este caso sus personas serán sagradamente respe– tadas. Concedido. Concedido, si su conducta no turbare el orden público, y fuere conforme a las leyes. Concedido, respecto a los habitantes en el país que se entrega, y bajo las condiciones del artículo anterior. Concedido como el artículo anterior, si la conducta de estos individuos no fuese de ningún modo hostil a la cau– sa de la libertad y de la independencia de América, pues en caso contrario, el Gobierno del Perú obrará libre y dis– crecionalmente. Concedido. El Congreso del Perú resolverá sobre este artículo lo que convenga a los intereses de la República. Continuarán en sus destinos los empleados que el Go– bierno guste confirmar, según su comportación. Concedido 21
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