Ideólogos de la emancipación peruana

50 MARIA LUISA RIVARA DE TUESTA La libertad de imprenta y otros decretos de las cortes, así como la publicación del Proyecto de Constitución Política, en el cual se le recono– ce como el vehículo que llevaría al cuerpo político el alimento de la ilus– tración -"La libertad de la imprenta, la libre discusión sobre materia de gobierno, la circulación de obras y tratados de derecho público y jurispru– dencia de que hasta ahora había carecido España, serán el verdadero y proporcionado vehículo que lleve a todas las partes del cuerpo político el alimento de la ilustración, asimilándose al estado y robustez de todos sus miembros. Por tanto la comisión ha creído que en vez de desagradar a unos e irritar a otros con una discusión prematura, ó acaso impertinente, debía dexar al progreso natural de las luces el establecimiento de un sis– tema que solo puede ser util cuando sea fruto de la demostración" 10 contribuyen a tranquilizar los ánimos, pero al mismo tiempo la labor de la prensa libre así como las noticias acerca de la nueva legislación irán afirmando una conciencia política liberal. La promulgación de la Constitución Política de la Monarquía Españo– la fue el 19 de marzo de 1812. Abascal ordena júbilo en Lima en obsequio de su promulgación "obra inmortal de la sabiduría y patriotismo de nues– tras Cortes ( ... ) Codigo que va a ser la desesperación de los tiranos y el más seguro garante de la prosperidad y las futuras glorias de todas las Españas" 11 • La Constitución Liberal de 1812 decretada "para el buen gobierno y recta administración del Estado" señala en su Art. l. Que "La Nacion y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales" 12 • El Art. 14 limitaba el poder absoluto del Monarca estableciendo que "El gobierno de la Nacion española es una Monarquía moderada here– ditaria" y en el Art. 15 se decía que "La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey" 13 • Los Arts. 27 y 28 estaban referidos a la re– presentación: Art. 27, "Las Córtes son la reunion de todos los diputados 10. Proyecto de la Constitución Política de la Monarquía Española, parte relativa a la Potestad Judicial, p. 15. 11. Gaceta del Gobierno de Lima. N9 77, 30 de setiembre de 1812, p. 539. 12. Constitución Política de la Monarquía Española. Lima, Imprenta de los Huér– fanos, 1812, pp. 1-2. 13. Constitución. Cit. Título II, Cap. III, p. 4. 14. Constitución. Cit. Título III, Cap. I, p. 5.

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