Ideólogos de la emancipación peruana

LOS IDEOLOGOS DE LA EMANCIPACION PERUANA 65 Vidaurre siente la necesidad de una pronta reforma que esboza en los términos siguientes: "No conviene de ningún modo, que los oidores tengan comercio, gran– gería, ni ningún trato, todo lo que con razón prohiben las leyes. Se debe– ran trasladar á otras audiencias los culpados, ecsaminando antes la ver– dad; pues mi pluma no debe ser decisiva en materias tan graves. Un vi– sitador seria muy útil, siendo justo, leal, y desinteresado" 6 • Extiende su crítica, Vidaurre, a los intendentes a quienes considera más tiranos y déspotas que los oidores: "No tienen en su districto audiencia y distante la de la capital proce– den en todas materias a su antojo, y sin otra legislacion. De los ofendidos raro es el que reclama al vi-rey ó tribunal de justicia. Conocen que han de adelantar muy poco, y quedan con el resentimiento espuestos a más grandes rigores: así callan, sufren, pero en su pecho tienen la llama que brotará cuando divisen la mas pequeña señal de movimiento" 7 • Cuadro interesante es el que nos ofrece Vidaurre sobre el estado de los tribunales de justicia. Aparte del aspecto crítico de su testimonio la obra refleja un conocimiento de teorías jurídicas de la ilustración y una experiencia muy rica en procesos, causas y procedimientos judiciales. Representa así una síntesis teórico práctica muy estimable y demostrati– va del proceso intelectual operado en nuestros juristas ilustrados. Es conveniente aquí referirse al trabajo que venía realizando la Co– misión de Constitución en las Cortes Españolas. En el Proyecto de Consti– tución Política de la Monarquía Española esta Comisión fundamentaba la necesidad de una legislación liberal en los términos siguientes: "De todas las instituciones humanas ninguna es mas sublime ni mas digna de admiración que la que limita en los hombres la libertad natural, sujetándolos al suave yugo de la ley. A su vista todos parecen iguales, y la imparcialidad con que se observan las reglas que prescribe, será siem– pre el verdadero criterio para conocer si hay ó no libertad civil en un es– tado. Por lo mismo, uno de los principales objetos de la Constitucion es fixar las bases de la potestad judicial, para que la administracion de jus– ticia sea en todos los casos efectiva, pronta é imparcial. Esto es, que en 6. Ob. Cit. p. 33. 7. Ob. Cit. p. 35.

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