Ideólogos de la emancipación peruana
66 MARIA LUISA RIVARA DE TUESTA los juicios civiles el que litiga con derecho y buena fe pueda estar seguro que obtendrá lo que solicita, ó que no será despojado de su propiedad, ó perjudicado en sus intereses; y en las causas criminales, convencido el delinquente, que nada podrá salvarle de la pena condigna á su delito; y el inocente, seguro de hallar en la ley todos los medios de triunfar de las artes, malicia y poder de sus enemigos" 8 • "No se detendrá la Comision en referir las causas que se han opues– to á los saludables efectos de estas leyes 9 en todos los reynos de Espa– ña ( ... ). Sin embargo no puede menos de exponer que la falta de enlace y uniformidad de los diferentes códigos de nuestra legislacion, que estan hoy día en observancia, demuestra hasta la evidencia la necesidad de es– tablecer un sistema de legislacion, sin el qual son inútiles ó ineficaces las mejores leyes civiles y criminales ( ... ). No bastan leyes que arreglen los derechos entre los particulares, que castiguen los delitos, y protejan la inocencia; es necesario que lo que disponen, sea, segun se ha dicho, exe– cutado irremisiblemente con prontitud e imparcialidad" 10 • Recogía, pues, el Proyecto de Constitucion los más caros anhelos de reforma jurídica de nuestros ilustrados, el espíritu del siglo y la más an– tigua tradición de la Constitucion española. El planteamiento de Vidaurre en Cádiz y lo que señalaba el Proyecto de Constitución, refleja un orden liberal, pero fuera de la metrópoli la situación jurídica no se modificaba fundamentalmente. En 1811 Mariano Alejo Alvarez, para su incorporación en el Colegio de Abogados de Lima, escribe un "Discurso sobre la preferencia que deben tener los americanos en los empleos de América" 11 • Al ir a pronunciarlo "no se sabe de órden de quién se le impidió por el Decano, y sin oirlo se mandó que se archivare" 12. 8. Proyecto de la Constitución Política de la Monarquía Española, parte relativa a la Potestad Judicial, p. 3. 9. Se refieren a la sabiduría y profundidad de la antigua Constitución de Es– paña "Ninguna nación de Europa puede acaso presentar leyes más filosóficas ni liberales". Proyecto de Constitución., p. 3. 10. Proyecto de la Constitución política de la Monarquía Española, parte relati– va a la Potestad Judicial, p. 4. 11. ~ariano Alejo Alvarez. Discurso sobre preferencia que deben tener los ame– ricanos ':n los empleos de América. Lima, Oficina de Ruiz, a cargo de D. Ma– nuel Pena, 1820, 26 p. 12. Ob. Cit. p. 3.
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