Ideólogos de la emancipación peruana
68 MARIA LUISA RIVARA DE TUESTA un favorito déspota y codicioso ponia en pública subasta los empleos: ha– brá radicado finalmente en nuestros corazones la esperanza de que en el día que las Cortes generales y extraordinarias se desvelan en el arreglo de los negocios públicos, y dedican sus tareas al bien comun de las Amé– ricas, será dicha ley el mas firme apoyo de nuestras pretenciones futu– ras, y su observancia nuestro mas cumplido desagravio" 13 • "Si los americanos, sin embargo de un derecho tan justo y evidente, han sido desatendidos hasta el día, debemos imputar ese agravio e injus– ticia a la corrupción del gabinete, y a los vicios que inundaban la corte y han conducido la nación a su ruina ( ... ), la monarquia por el influxo de las cortes recobrará su antiguo esplendor y fuerza, será temida y respe– tada de las otras potencias, y nuestro desgraciado monarca, debiendo a los americanos en mucha parte el restablecimiento de su trono, nos mira– rá agradecido y recompensará los agravios y ultrajes que hemos re– cibido" 14 • Demuestra Mariano Alejo Alvarez que los americanos tienen un de– recho exclusivo a los empleos de sus paises, que esto es conforme a la ra– zón natural, al derecho y a la justicia; y confía en que el monarca recom– pensará a los americanos por las injusticias de que han sido objeto. Así pues en última instancia, el Discurso que nos ocupa revela, como en la ma– yoría de nuestros ideólogos: confianza en la razón, en la justicia, en la monarquía española y en el trabajo que venían realizando las Cortes de Cádiz. Promulgada la nueva Constitución ésta establecerá en sus artículos 242 y 243 que "la potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y cri– minales pertenece exclusivamente á los tribunales y que ni las Cortes ni el Rey podrán exercer en ningún caso las funciones judiciales, avocar cau– sas pendientes, ni mandar abrir los juicios fenecidos" 1s_ Reflejo evidente de la repercusión que tuvo la Constitución de 1812 en los ámbitos del país lo constituye su aplicación al caso cuzqueño.. Se– ñala Sotomayor Galdós entre otras interesantes reflexiones que "Causa– rá la suspensión de Oficio y de la dotación de dichos Jueces toda acusa– ción legalmte. intentada sobre el comercio que tengan en ellos, o repar- 13. Ob. Cit. pp. 3-5. 14. Ob. Cit. p. 24. 15. Constitución Política de la Monarquía Española. Título V, Cap. l. p. 32.
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