La campaña libertadora de Junín y Ayacucho

LA CAMPAJ!<'A LIBERTADORA DE JUNIN Y AYACUCHO 107 5? Cualquier habitante del Perú bien sea europeo o americano, eclesiástico o comerciante, propietario o empleado, que le acomode trasladarse a otro país, podrá verificarlo en virtud de este convenio, llevando consigo su familia y propiedades, prestándole el Estado protección hasta su salida; si eligiere vivir en el país, será considerado como los peruanos . .. 5? Concedido, respecto a los habitantes en el país que se entre– ga y bajo las condiciones del artículo anterior . 6? El Estado del Perú respetará igualmente las propiedades de los individuos españoles que se hallaren fuera del territorio, de los cuales serán libres de disponer en el término de tres años, debiendo considerarse en igual caso las de los ameri– canos que no quieran trasladarse a la Península, y tengan allí intereses de su pertenencia. 6 Concedido como el artículo anterior, si la conducta de estos individuos no fuese de ningún modo hostil a la causa de la libertad y de la independencia de América, pues en caso con– trario, el gobierno del Perú obrará libre y discrecionalmente. 7? Se concederá el término de un año para que todo interesado pueda usar el artículo 5?, y no se le exigirá más derecho que los acostumbrados de extracción, siendo libres de todo dere– cho las propiedades de los individuos ·del ejército. 7? Concedido. 8? El Estado del Perú reconocerá la deuda contraída hasta hoy por la hacienda del gobierno español en el .territorio. 8? El Congreso del Perú resolverá sobre este artículo lo que con– venga a los intereses de la república.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx