La expedición libertadora
381 que se refiere la misma comunicación. El señor teniente gober– nador del Callao les intimará que se apronten para restituirse al reino de Chile en el primer buque que se apreste para aquel destino, sin otra responsabilidad que la de no tomar las armas contra los ejércitos del rey mientras no fueran canjeados por otros, a lo que desde luego no se induce obligación alguna a menos que el gobierno no quiera corresponder a este acto de liberalidad con la libertad de otros de igual graduación; entre los cuales por una retribución legítima y justa parece debería ser admitido con preferencia el capitán de Cantabria don José María Landeros cuya insinuación ha producido esta liberal pro– videncia, y mientras verifican su viaje los tres oficiales referidos, el enunciado señor teniente gobernador Jos conservará dete– nidos, o bien en las Casas-matas con separación de los otros o bien en alguna otra pieza del castillo que considere convenien– te a su seguridad y más cómoda suerte: devolviéndome esta ac– tuación inmediatamente después de haber cumplido el decreto y hecho saber a los interesados. PEZUELA. Toribio Acebal. Secretario. DASM.- VII.- 136-38
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