La expedición libertadora

512 Consecutivamente hice presente la sentencia de la vuelta al señor doctor don José Yrigoyen, oidor honorario de la Real Au– diencia de Chile y fiscal del crimen de la de esta capital de que certifico. Gordillo. (mbricado) Autos y vistos: por el Ministerio de la Ley se deciara por con– sentida y pasada, en autoridad de cosa juzgada, la sentencia que antecede, la que mandaron se lleve apuro y debido efecto. Lima y Enero cuatro de mil ochocientos diez y siete. (5 rúbricas) En cuatro de Enero de mil ochocientos diez y siete, notifiqué e hice saber el auto anterior, al doctor Don Francisco Quirós, abo– gado de esta Real Audiencia, en su persona que, instruído firmó de que certifico. Doctor Francisco Paula de Quirós. (firmado) Gordillo. (mbricado) En seguida notifiqué e hice saber, el auto anterior, al Procu– rador José Cornejo a nombre de su parte en su persona, de que certifico. (1) Cornejo. (mbricado) Gordillo. (mbricado) En virtud de lo mandado en la sentencia de la vuelta, queda cancelada la fianza que se expresa. Ante mí y al margen de su ori– ginal Lima, Enero 31 de 1817. José Bravo de Rueda. (firmado) (1 ) En dicho día hice presente el auto que antecede al señor doc– tor José Yrigoyen, honorario de la Real Audiencia de Chile y Fiscal de io criminal de esta Real Audiencia de que certifica. Gordillo. (iubricado) Archivo Nacional Real Audiencia

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