La expedición libertadora
68 CORRESPONDENCIA OFICIAL Y CONFIDENCIAL DEL DIREC– TOR SUPREMO DE LAS PROVINCIAS UNIDAS, JUAN MARTIN DE PUEYRREDON, Y SUS MINISTROS DE HACIENDA Y DE GUERRA, CON SAN MARTIN Y OTROS, SOBRE EL CUMPLI– MIENTO DEL EMPRESTITO DE QUINIENTOS MIL PESOS PA– RA LA EXPEDICION AL PERU (agosto de 1818-julio de 1819). Duplicado. (324) Excelentísimo señor don José de San Martín General en Jefe de los Ejércitos Unidos de Chile y los Andes. La grandeza de los planes que ha concebido V. E., en bien de la causa común, tan dignos de los auspicios de este Gobierno me decidieron por falta de otros arbitrios a calcular sobre los capi– tales en círculo del comercio de esta capital, sin excluir el de los extranjeros traficantes en ella; no obstante el conocimiento que me asistía de su languidez actual, para que en clase todos de pres– tamistas al Estado, reguladas sus fortunas, y largos plazos y esti– pulaciones moderadas, que consultasen la regularidad y el pront9 reintegro de sus fondos, introdujesen en arcas hasta la suma de 500 mil pesos, con que debía auxiliarse a V. E. según lo había resuelto. Pero cuánto me es sensible anunciarle que al hacer rea– lizable el entero han resultado ineficaces igualmente que la fir– meza de las providencias dictadas, los amagos de la ejecución, todo efecto de la nulidad calificadamente positiva en que se hallan en este pueblo, en el mayor número, unos contribuyentes sobre quie– nes tantas veces ha gravitado el peso de cuantiosas exacciones y préstamos forzosos, hoy ceñidos a los últimos arbitrios de un giro totalmente aniquilado; no sólo por ésto cuanto por la para– lización que ha sufrido por tantos años, y a los cuales si se les estrecha al último punto viene a dejárseles en la imposibilidad de concurrir útilmente en los apuros sucesivos que no pueden des– conocerse. ; de suerte que movido este Gobierno por los clamores de las más justas y atendibles representaciones, le ha sido forzoso moderar la cuota respectivamente computada, y bien puede afir– marse a V. E. que el empréstito de los 500.000 pesos sancionado, apenas se hará exigible en una tercera parte y con la lentitud a que da mérito la escasez de numerario.
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