La iglesia: la acción del clero
LA ACCION DEL CLERO 217 156.-Pbro. Manuel Miguel Ramos Delgado. En la Ciudad de los Reyes del Perú en veinte y tres de Noviembre de mil ochocientos y doce años ante mí el Escribano y testigos pareció el Doctor Don Manuel Miguel Ramos y Delgado, Cura y Vicario interino dE- la Doctrina de San Pedro de Casta, Partido de Huarochirí al qual doy fé conozco, y dixo: que daba y dio su Poder cumplido el necesario en de– recho a Don José Cañas, Capitán de una de las Compañías del Regimiento de Infantería el Real de Lima, para que a nombre del otorgante, y repre– sentando su persona pida, demande, reciba y cobre extraiudicial o judi– cialmente, de qualesquiera personas que sean y de sus bienes, Albaceas y herederos, Caxas Reales y de bienes de difuntos y de quien más con de– r~ho pueda y deba todas las cantidades de pesos y otros bienes que se 1P deban al otorg-ante hasta el día de hoy, y debieren en adelante en virtud de Escrituras o por qualquier otro motivo, título o razón que sea, aunque aquí no se exprese: dando de lo que recibiere y cobrare los reci– bos, cartas de pago y demás documentos de resguardo que lee;almente se le pidan. Y más poder le confiere para que a nombre del otorgante pueda vender y comprar qualesquiera bienes otorgando las Escrituras res– pectivas con las cláusulas que para su validación convengan. Y más poder le confiere para que a nombre del otorgante como curador que es de la Señora Doña Josefa Frade Condesa Viuda de la Vega, actúe y quanto sea necesario respectivo a dicha señora. Y más Poder le confiere para todos aquellos casos y cosas que en lo venidero le ocurran al otorgante, y le previniese por sus cartas misivas. Y si en razón de todo ello, como en qualesquiera pleytos que al presente tenga y en lo venidero tuviere, fuere necesario parecer en juicio, lo executará ante las Justicias y Jueces de Su Majestad y Eclesiásticas, y demás Tribunales que con derecho deba, Y haga y presente demandas, respuestas, pedimentos, requerimientos, cita– ciones, protestaciones y todas las demás gestiones que por los trámites le– gales se requieran hasta que dichas cobranzas y pleytos tengan cum– plido fenecimiento por todos sus grados e instancias, que el Poder para todo lo dicho necesario, le da y confiere con incidencias y dependencias libre y general administración en quanto a lo expresado, y con facultad de que en quanto a comparecencia en juicio lo pueda sostituir en qual– quiera Procurador de esta Real Audiencia, revocando unos substitutos y nombrando otros de nuevo, y a todos releva de costas según derecho. Así fo otorgó y formó siendo testigos Don Silvestre Mendoza, Don Urbano Texada, y Don Isidoro Azañedo. == Manuel Miguel Ramos y Delgado.
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