La iglesia: la acción del clero

LA A!CCION DEL CLERO El Fiscal visto el expediente que, a nombre del Cura don Pablo Ma– ticorena á seguido su hermano don Juan de Dios Maticorena para probar el patriotismo del citado cura: Dice que no pueden desearse comprobantes más clásicos del celo y entusiasmo con que a promobido la justa causa de nuestra libertad política por cuantos medios han estado a su alcance, y a podido poner en obra su ardiente deseo de nuestra emancipación y pública felicidad. Pero es mui dificil que las obras de los hombres sean perfectas y un paso imprudente los expone a no guardar el justo medio y saliendo dél desluce sus acciones, pues resultando del primer informe que de orden de nuestro dignísimo Protector dio a fahor de su conducta patriótica el jefe militar don Francisco de Paula Otero, que el proceder de este Párroco le hizo acredor a que lo pl'Opusiese a su Excelencia para cura interino de la provincia de Chongos; la propuesta se aprobó y tomó posesión del curato hasta que con motiho de haber ocupado las provincias las tropas enemigas se retiró al departamento de Huailas, etc. Un Xefe militar no está obligado a saber de dónde viene la jurisdic– ción espiritual y Eclesiástica. Si el señor Protector aprobó la dicha propuesta fue seguramente por sorpresa que se hizo a su piadoso y católico ánimo. De la pureza de su religión y catolicidad tenemos pruebas nada equíbocas. Pero una persona de su elevado carácter encargada de tan complicadas atencio– nes, por ilustrada que sea es susceptible de qualquiera sorpresa. Mas un Párroco que por su estado está obligado a saber la necesidad de la misión divina para estos encargos: que la jurisdicción espiritual la depositó Jesu– cristo en su Iglesia, la que la comunica a primeros los Pastores debidamente eleiP.dos y de estos pasa a los de segundo orden; cómo se encarga de una feligresía por comición de la potestad secular? Pues aun cuando se reuniese toda en una sola persona encargada del Govierno político del mundo en– tero, esta nunca se elevaría a lo sobrenatural. Es sensible tener que repre– hender esto a un tan distinguido patriota. Por lo que Vuestra Señoría podrá pasar oficio al Ilustrísimo señor Deán Governador de esta metrópoli, dán– dole abiso para que instruyéndose plenamente de lo ocurrido, probea de oportuno remedio a los males que puedan haber sobrevenido y cuya gra– bedad no necesita exponer el Fiscal por ser demasiadamente conocidos y principalmente de las superiores luces de esta Ilustre junta. Lima y Octubre 18 de 1821. Juan José Muñoz

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