La Marina, 1780-1822
ser la prevenci6n del contrabando.- Luego, lapalabra 'introducir', debe significar aqui: desembarco de mercaderias, con el prop6sito de venderlas; pero como es posibleque.tenga lugar el contrabando, donde las mercaderias son depositadas en las manes de quienes ofician como impedidores de esto, y con la indudable intenci6n de desembarca rlos. La ley, luego la consider6 que no ha sido quebrada en su uso, mucho menos en espirltu, lo cual en principio, en las Leyes inter - nacionales y Part iculares, debe ser principalmente considerada . Lo siguiente es lo que un Capitan de un barco arnericano, me rela te, hace ver como actua Inglaterra en estos cases.- Un barco americano entr6 en el puerto-desembarc6 en condiciones de hacer agua, su cargaconsistia enmercaderia, la introducci6n de las cua- les, fue prohibida por las Leyes del pais. Su Capitan conociendo las Leyes, pidi6perm iso para desembarcar, a la Aduana, hasta que el barco fuese sometido a las reparaciones necesarias. Esto no rue considerado como un crimen, pero el permiso fue dado, y la carga deposit ada, fue inviolablemente preserv ada. Debo confesar, dando la raz6n , que en los dos cases fue dificil esto, fuepara prevenir injurias al individuo, en esto, bajo la considerac i6n de beneficiar la Nacion donde las mercade rias fueron desembarcad as. Espe ro que despues de tomar estas observaciones en consider aci6n, vera la natura lezainjusti ficable del Decreto, y tener la gentileza de dar 6rdenes para tazar el total de las mercancias,para ser reintegradas a Mr. Ramsey.- Tengo el honor de ser, muyIlustri simo yHono- rable sefior, su mas obediente, humildeservidor.- Capitan y Oft- cial Comodoro en elPacifico.- F. I. V. VERNON.- Lima, 21 Junia 1822.- Con los antecedentes y la traducci6n de este oficio, pase en vista al Ministerio Fiscal.- GUIDO.- (Firma-Rubrica) .- Ilustri- simo y Honorable Sefior:.- El Fiscal dice: Que en14 de Diciem- bre de 1821, el Ilustrisimo Sefior Don Juan Antonio Alvarez de Arenales, Presidente que fue del Departamento de Trujillo, declare haber caido encomiso los 26" cajones de losa, y tres fardos de sarasas desembarcados en Pacasmayo de la Goleta Catalina, segun instruye el auto de fs .. 3. Se refiere en el a varias actuaciones, y concluye ordenando sediese cuenta al Excelentisimo Sefior Protec- tor, por med ic del Ministerio de Hacienda. Esto persuade que se form6.- To the Most Illustrious and Honorable Sefior Don Tomas Guido.- Minister of War and Marina.- LIMA". (Archivo del Centro de Estudios Hist6rico Militares del Peru). CAP. DE NAVIOJULIO J. ELIAS 244
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