La Marina, 1780-1822

"Los considerables gastos que exige la dignidad, y destines del alto cargo de Protector, y Libertador del Peru, tan to como por el derecho que por los mismos tiene el Excelentisimo Sefior Don Jose de San Martin a los comisos, y presas, demandan se declare 25 Febrero de 1822. 47. Que en todo comiso o presa se destine una parte para el Pro tector. "Habiendo sentenciado la Alta Camara de Justicia haber caido en comiso el cargamento del Bergantin Nancy, declare conforme a los Reglamentos que rigen.- Que el valor de el, deben deducirse 50,000 ps., de los que la mitad se aplicara al Estado, y la otra a los participes conforme a la Ley.- En consecuencia de los 25,000 ps. aplicables se sacan la cuarta parte que corresponde a los Mi- nistros. Del residua la 6~ para el Supremo Delegado que mand6 ejecutar la sentencia y el resto quedara depositado como pertene- ciente a Comisos, hasta que se determine de el.- Pase a la Teso- reria para su cumplimiento. Dado en el Palacio del Supremo Go- bierno en Lima a 25 de Febrero de 1822.- Torre Tagle.- Tornese raz6n de este Supremo Decreto en la Contaduria Mayor y Cajas del Estado para su cumplimiento.- Unanue.- ( O.L. 29-26) ." (Archivo de Hacienda) 46. Sentencia recaida en el cargamento del Bergantin "Nancy". 25 Febrero de 1822. venir a los Administradores del Tesoro Publico me los devuelvan despues de tomar raz6n.- Igualmente acompafio a V. S. Y. los de Dn, Gabriel Velarde, y Dn. Francisco Amigo, para que se tome raz6n de ellos en la misma tesoreria y perciban los correspon- dientes derechos.- Tengo la honra de reiterar a V. S. Y. los sen- timientos de mi mayor consideraci6n y aprecio.- Ilustrisimo y Honorable Sefior. =-Tomas Guido.- Ilustrisimo y Honorable Se- fior Ministro de Hacienda.- (O.L. 38-30).- (Al margen de este documento viene un proveido sabre estos despachos diciendo: "Se recibieron los tres titulos a que se refiere el presente oficio" y firma Quintanilla de la Caja". (Archivo de Hacienda) 257 LA MARINA

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