La Marina, 1780-1822

460 CAP, DE NAVIO JULIO J. ELIAS duda que para dar a !J. Gobernación de Marina un centro de uni– dad, de donde emanen las determinaciones con la energía y acierto que requieren las circunstancias, deben estar todas las clases y dependencias subordinadas a la autoridad del Director en todo lo que tenga una relación directa con las operaciones militares y ma– rineras. Pero siendo el Cuerpo del Ministerio establecido indepen– dientemente de toda jurisdicción que no sea la de sus Jefes natos los Intendentes, Comisarios ordenadores de guerra, etc., tanto por la diversidad de sus labores como por su grande entidad en las funciones que ejercen de representantes y únicos celadores de la Hacienda del Estado en tierra y a bordo de los bajeles de la Arma– da; ha resuelto S.E. Jo que sigue: Que desde luego se tributen al Director General todas las atenciones de respeto y obsequio en asuntos del servicio, y fuera de él; sin que por esto deje de tenersP con el Comisario General de Marina las consideraciones debidas como a Jefe del Cuerpo del Ministerio Político, con absoluta inhi– bición de extraña jurisdicción en Jo relativo al orden y economía que está mandado en las citadas ordenanzas y muy terminante– mente en artículo 14 título 3?, tratd. 2? del ler. Tomo y en artículo 08 tít. 7, tratado 6 del 2?. Que no por esto se entiendan derogados los artículos que cita VSI. en su ya citada nota del 4. Y última– mente que, es indispensable que el Comisario por la naturaleza de su destino vengan a la Capital para hacer los acopios de géneros que no se encuentren en el Departamento para el percibo de los caudales, rendición de cuentas, etc., bien por si mismo, o depu– tando estas diligencias a los Oficiales de Contaduría que tenga por conveniente. Todo lo que se tendrá presente en la comunicación oficial que se le dirige al expresado Comisario, previniéndole que cuide especialmente que sus Oficiales no abusen de esta determi– nación bajo las ma rigurosas penas y que cuide también que las lineas de conducta que debe establecer entre los dependientes de Contaduría vaya unísona con las determinaciones de VSI. en el Cuerpo General para no causar la inmoralidad tan perniciosa entre individuos de un mismo gobierno y que son movidos de igual in– terés. S.E. aprecia el infatigable celo de VSI. en todos los asuntos del servicio y espera que organizados los ramos de la universal comprensión de la Marina Peruana, bajo sus acertadas disposicio– nes se hará VSI. digno de la gratitud pública.- Ruego, etc.- To– más Guido.- Señor Director General de Marina Dn. Luis de la Cruz''.

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