La Marina, 1780-1822
[Doc. 1) [DE LARDIZABAL AL VIRREY DEL PERUJ Madrid, 3 setiembre 1814 Señor: En la carta de Vtra. Excelencia del 23 de julio del último año N~ 773, Su Excelencia relató los detalles de un juicio iniciado a solicitud de D. Ventura Marcó del Pont, emigrante de Buenos Ai· res residente en esta Capital, con el fin de que todos los efectos que ha podido salvar de las manos de los rebeldes sean liberados, y que bajo una Partida de Registro (parte del cargamento bajo un libramiento oficial) transportó de Valparaíso al Callao. Del dicho documento resulta que la Junta de Tribunales prohibió el 12 de junio de 1812 la introducción de efectos extranjeros a ese Reino por la vía de Chile o Buenos Aires durante la insurrección de aquellos países y a pesar de esta resolución Su Excelencia de– cretó lo contrario ante su apelación, que los efectos introducidos por Marcó fueran liberados bajo la condición de que pagaran los correspondientes derechos y se les diera seguridad hasta que se conociera la determinación de Su Majestad. El Rey habiéndose informado cuidadosamente de lo antedi– cho se complace en aprobar el procedimiento de Su Excelencia y ordenar que las obligaciones de Marcó sean canceladas y al mismo tiempo ha resuelto que Ud. sea ordenado, lo que ahora hago, de que lejos de poner cualquier obstáculo a la emigración de los ciudadanos leales residentes en los países revolucionarios, que Ud. lo facilite y aliente por todos los medios posibles, remo– viendo a cada uno los impedimentos que Marcó ha sufrido en este asunto. Todo lo cual le hago conocer a Vtra. Excelencia por Orden Real para su cumplimiento y que Vtra. Excelencia lo co– munique a todos a quienes les pueda ser de interés. Dios guarde a Vtra. Excelencia muchos años. A: S.E. Virrey del Perú Madrid, 3 de setiembre de 1814 Lardizábal
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