La Marina, 1780-1822

254 CAP. DE NAVIO JULIO J. ELIAS "Traducción Decreto de Don José de San Martín, Capitán Gral. y Comandan– te en Jefe del Ejército Libertador del Perú, Gran Oficial de la Legión del Mérito de Chile, Protector del Perú. Al encargarme de la importante empresa de la liberación de este país, no tuve otro móvil que mis deseos de adelantar la sa– grada causa de la América y procurar la felicidad del pueblo pe– ruano, gran parte de lo cual ya se ha realizado; pero la obra que– daría incompleta, y mi corazón poco satisfecho, si yo no afianza– se para siempre la seguridad y la prosperidad futura de los ha– bitantes de esta región. A mi llegada a Pisco, anuncié que por el imperio de las cir– cunstancias me hallaba revestido de la suprema autoridad, y que era responsable a la Patria del ejercicio de ella. No han variado aquellas circunstancias puesto que el Perú aún tiene enemigos exteriores que combatir, y por consiguiente, es de necesidad que continúen reasumidos en mi persona el mando político y militar. Espero que, al dar este paso, se me hará la justicia de creer que no me conducen ningunas miras de ambición, sino solamen– te la conveniencia pública. Es demasiado notorio que no aspiro sino a la tranquilidad y al retiro después de una vida tan agitada; pero tengo sobre mí una responsabilidad moral, que exige el sa– crificio de mis más ardientes deseos. La experiencia de diez años de revolución en Venezuela, Cundinamarca, Chile y Provincias Unidas del Río de la Plata, me han hecho conocer los males que ha ocasionado la convocación intempestiva de congresos, cuan– do aún subsistían enemigos de aquellos países: el primer paso es asegurar la independencia, después se pensará en establecer la libertad sólidamente. La religiosidad con que he cumplido mi palabra en el curso de mi vida pública, me da derecho a ser creído; y yo la comprometo ofreciendo solemnemente a los pue– blos del Perú que en el momento mismo que sea libre su territo– rio, haré dimisión del mando, para hacer lugar al Gobierno que ellos tengan a bien elegir; la franqueza con que hablo, debe ser– vir como un nuevo garante de la seguridad de mí intención. Yo pudiera haber dispuesto que electores nombrados por ciudada– nos de los departamentos libres designasen la persona que ha– bría de gobernar, hasta que se reuniesen los representantes de la Nación Peruana; pero como por una parte la simultánea y re-

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