La Marina, 1780-1822

LA MARINA 273 tarán en caso que se requieran copias legalizadas del expedien– sobre este negocio. Una sola observación podría quizás añadirse y es, que aún de la misma hipótesis en que se fundan las objeciones de Vtra. Excia. al texto del decreto de bloqueo del 20 de agosto de 1820, con relación a la entrada del Indian a Chorrillos, jamás éste ha sido considerado como puerto, pues no es más que una caleta inhabilitada para el comercio, aun en tiempo de la dominación española en América, reputándose por clandestino todo desem– barco allí efectuado. Contestando así de suprema orden la citada nota de Vtra. Excelencia tengo el honor de reiterarle las expresiones de mi más alto aprecio. Ministerio de Marina en Santiago de Chile A: Sir Thomas Hardy 18 de octubre de 1821 Joaquín Echevarría Comodoro, Comandante en Jefe de las Fuerzas Navales de S.M.B. en Sud América [Doc. 130] [DE HARDY A O'HIGGINS] H.M.S. Creole. Valpamíso, 16 octubre 1821 Excelentísimo Señor: Tengo el honor de acusar recibo de la carta de don Joaquín Echevarría de fecha de hoy, informándome por orden de Vtra. Excelencia, que ninguna consideración política puede alterar el fallo definitivo de condena contra el bergantin Indian, porque había violado flagrantemente los derechos de neutralidad, no sólo infringiendo el bloqueo de las costas del Perú sino operando co– mo un auxiliar del otro beligerante, y aun bajo la protección de sus armas. En respuesta me permito exponer a Vtra. Excia. que habien– do transmitido al Gobierno de Su Majestad Británica mis protes– tas del 29 de setiembre ante Vtra. Excia. la controversia se ha con-

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