La Marina, 1780-1822
LA MARINA 287 ción; y Don José Hilario de Indaburo, Capitán de los ejércitos de la Patria, y primer edecán de la Suprema Junta de Gobierno de Guayaquil, comisionados por ella; Don Joaquin de Soroa, Ca– pitán de Fragata, y Comandante de la fragata de guerra española Venganza; y Don Baltasar Vallarino, Alférez de Navío de la mis– ma nación, comisionados por el señor Capitán de Navío y Co– mandante de las fuerzas marítimas de guerra españolas, Don José Villegas; y el Coronel graduado del Ejército Libertador del Perú Don Manuel Rojas, benemérito de la Orden del Sol, comi– sionado por el General de Brigada y agente diplomático del Es– tado del Perú, reunidos en la Sala Constitucional con el objeto de poner fin y término a las calamidades de la guerra, por me– dios decorosos y conformes con las circunstancias que han te– nido presentes las autoridades respectivas, convinieron y ajus– taron los siguientes artículos. 1.-El Señor Comandante de la Escuadra española entrega– rá al Superior Gobierno de Guayaquil las fragatas Prueba y Ven– ganza y corbeta Alejandro, en el estado que actualmente se en– cuentran. 2.-En compensación, el Gobierno del Perú se obliga a pa– gar todos los sueldos y gratificaciones que adeuda la España a los oficiales y tripulación de los tres buques, desde la última sa– lida del Callao en octubre de 1820, según los ajustes que pre– senten los contadores de las dos fragatas, y por la corbeta Ale– jandro, lo devengado en estos mares desde la salida de Panamá en la expedición del Gral. Cruz Mourgeón, en estos términos: doce mil pesos al contado, y el resto, a los treinta días de la lle– gada de la Prueba, al Callao, a donde seguirá mandada por los mismos señores oficiales con un oficial de ejército por el Estado del Perú, y a su entrada se pondrá dicha fragata a disposición de aquel Gobierno. 3. -La corbeta Alejandro seguirá en los mismos términos para el Callao, mandada por sus propios oficiales, con copias au– torizadas del presente Tratado, para que a su llegada se ponga a disposición de aquel Gobierno. 4. -La fragata Venganza entrará en este puerto y se entre– gará a disposición del señor General, agente de negocios del Perú. 5. -El mismo Estado del Perú se obliga a reconocer la deu– da de cien mil pesos en favor de la España en el momento que ésta declare la Independencia de la América, sin que esta condi– ción sea obligatoria.
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