La Marina, 1780-1822
296 CAP. DE NAVIO JULIO J. ELIAS 4.-Que no se presenta ninguna queja ni se requiere ninguna ex– plicación de las razones sobre las cuales el Congreso ha fundado su último procedimiento arbitrario, pero que los in– gleses solicitan inmediatamente, individual y simultáneamen– te sus pasaportes para dejar el país, activando sus pasapor– tes a menos que la parte agresora haga proposiciones que restauren la confianza que se ha debilitado. 5. -Que se exprese el agradecimiento del Cuerpo de ciudadanos ingleses al Capitán Prescott por lo moderado pero decidido, calmado pero a la vez riguroso de sus representaciones en nuestro favor, según fueron explicadas por los Sres. Begg, Moens y Robertson; y que se le reitere las seguridades por la decisión unánime de esta reunión sobre la determinación del cuerpo británico de dejar este país bajo su protección en lugar de someterse a la alternativa, a la vez ruinosa y agra– vante, de una extorsión ilegal. 6.-En caso que el Gobierno deseara tratar con los comercian– tes británicos, que tres de este cuerpo se hallen presentes y dichos tres sean elegidos ahora. Ninguno de los cuales deba asistir a ninguna reunión sin avisar a los otros. 7. -Que los tres caballeros elegidos para dicha situación son: El Sr. Begg El Sr. Robertson El Sr. Moens 8.-Que se transmita al Capitán Prescott una copia de estas Re– soluciones. Lima - Cámara de Comerciantes Británicos Octubre 3, 1822 John Moens Presidente [Doc. 144] [DE PRESCOTT A GUIDO] H.M.S. Aurorn. Callao, 4 octubre 1822 Execeler::!simo Señor: Como Comandante de las Fuerzas Navales de S.M.B., y en– cargado de la protección de los intereses comerciales de mi país en el Pacífico, me permito pedirle que los pasaportes solici-
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