La Marina, 1780-1822
A: Capitán Brown H.M.S. Tartar" LA MARINA 329 "Simón Bolívar, Libertador de Colombia, investido de los poderes directoriales del Perú, etc. Por cuanto en el decreto dado en Pativilca el 21 de febrero último, sólo declaraba en riguroso estado de bloqueo el puerto del Callao, y siendo necesario actuar en forma hostil contra to– dos los otros puertos y bahías del territorio en poder del enemi– go, he decidido extender el decreto antes citado en los siguientes términos: 1.-Todos los puertos, bahías y ensenadas comprendidos en– tre los paralelos 11º30'14" desde el puerto de Pisco al de Chan– cay, inclusive, quedan por la presente declarados en absoluto y riguroso estado de bloqueo. 2.-Este decreto no anula el anterior, que declaraba bloquea– dos los puertos y ensenadas del Sur desde Pisco a Cobija. 3. -El Honorable Vice Almirante de la Escuadra queda en– cargado de la ejecución de este decreto. Dado por mi mano y contrasellado por mí. Secretario gene– ral ad interim, en la División General de Trujillo, el 16 de mar– zo de 1824. Por orden de Su Excelencia, el Secretario General ad interim. Esta es una copia José de Espinar F. D. Cavero Secretario" [Doc. 158] [DE PRESCOTT A MAILING] H.M.S. Aurora. Callao, 9 junio 1824 Señor : Tengo el honor de adjuntarle copias de la correspondencia que envié al Capitán Brown en Huanchaco por un bote de esta nave, en la noche del 7 del presente.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx