La Marina, 1780-1822

LA MARINA 21 mite que ignoraba completamente el bloqueo de los puertos de Chile, sin embargo si se prueba su intención de llevar un carga. mento a Valparaíso, será considerado suficiente para justificar su condena. Sus Excelencias notarán que esta es una doctrina que si se aplica en toda su extensión pone bajo captura a todas las naves dedicadas a cualquier comercio con las colonias sublevadas de España, pero he creído era un punto demasiado importante y delicado para aventurarme en un debate sin instrucciones posi– tivas, y por lo tanto, evitaré dar respuesta a esa parte de la carta del Virrey del 20 del presente, marcado "A". Como las naves inglesas en estos mares están ahora prohibidas de entrar a cualquier puerto excepto Colán, la Isla de Santa María y Callao con el propósito de revituallamiento y reparación, y co– mo todos los otros puertos de este Virreinato, como tam– bién los de Chile están declarados en situación de bloqueo (una medida que entiendo que se aplica por primera vez por un Gobierno con respecto a sus propios puertos) es de temerse mu– cho que se aprovecharán de esta nueva disposición con el propó– sito de molestar a las naves dedicadas a la pesca de ballenas; mientras que la disposición del actual Virrey es tan adversa a los extranjeros, y la trapacería y la corrupción de las cortes de presas son tan lamentablemente notorias, que me imagino que todo caso de detención pueda ser considerado como una pérdida total. Una de las grandes düicultades que sufren las naves captu– radas como presa, es la ausencia de toda persona que pueda ayudar a que se defiendan en alguna forma. El Virrey hostiliza en forma más visible a todo español que trate de serles útil; no hay ningún inglés de reputación o crédito establecido aquí; y la consecuencia es que hacen caer a los capitanes de las naves, igualmente ignorantes del idioma y las leyes, en las manos de personas inescrupulosas que los traicionan orientándolos en de– claraciones de las cuales luego se aprovechan para su ruina. Lo he creído de mi obligación manifestar a Sus Excelencias el daño que nuestra valiosa pesca pueda sufrir en estos mares bajo las circunstancias existentes en el país, aunque me temo que el remedio no pueda aplicarse fácilmente. La mejora en las cortes de presas españolas y el establecimiento de algún agente comercial en esta ciudad, me parecen los únicos dos métodos que puedan ofrecerse para la protección del comercio británico en el Pacífico Sur, y su gran importancia me hace esperar que jus-

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