La rebelión de Túpac Amaru

LA REBELION DE TUPAC AMARU 101 Muy venerado señor mio: Precaviendo todo insidente que pueda desconceptuarme por motivo de intereses en que suele equivocar el amor propio a la razón con pretexto del derecho legal, me ha pare– cido combeniente consultar a Vuestra Señoría suplicándole con el mayor rendimiento se digne tener a vien prevenirme si será justo hacerme la aplicación del quatro por ciento según práctica de las quentas que he de instruir sobre el valor de las especies substrai– das por el rebelde José Gabriel Condorcanqui que en calidad de de.. pósito entraron en mi poder de orden del señor Don José Antonio de Areche, según oficio 19 de Abril de 781, que en copia acompaño de forma que no siendo de la aprovación de Vuestra Señoría jamas intentaré esta ni otra acción, sin embargo de los atrasos en que me hallo. Del mayor número de ellas logré su ·recaudación en varios Pue– blos, Quebradas, y Cuevas en que las tenian ocultas los reveldes, Co– misionado desde el Pueblo de Tinta en que me hallava sugetos de satisfacción a este fín, como también a el de seis mil cabezas de ganado Lanar, y Bacuno con el obgeto del mejor servicio del Rey y vien del Público. De aquella fecha a la presente se han entregado los mas de los efectos a sus lexítimos dueños vajo las formalidades prevenidas por el citado Señor José Antonio, sin que en los actos judiciales se haya pensionado por mi parte a ninguno de los interesados en razón de derechos de firmar ni demas diligencias. La legalidad de estos procedimientos se halla acreditada con los justificantes que mani– fiestan sus expedientes. Los indicados ganados como pertenecientes a los reveldes se ven– dieron en esta ciudad, cuyo valor ascendió a cinco mil seiscientos catorce pesos siete reales los mismos que se entregaron en la Admi– nistración General de Rentas Unidas de Orden ·del expresado Señor. Ocho mil novecientos dies y ocho pesos dos reales, doce maravedís procedentes de algunas especies vendidas, por no haverse presenta– do sus dueños ni encontrándoseles marcas ni señales que los indicaran precedida la diligencia de haverlas puesto de manifiesto al Publico dos dias en cada semana por el discurso de un año: Un mil novecientos noventa y tres pesos por el valor de siete libras dos onzas nuebe adarmes de oro a razón de dies y seis pesos, ciento qua– renta y seis pesos por algunas alhajas, por arroba siete libras de pla– ta chafalonía a seis pesos, quatro reales que con los cinco mil seis• cientos catorce pesos siete reales del Ganado entregado en la ad.mi-

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