La rebelión de Túpac Amaru
LA REBELION DE TUPAC AMARU 131 Señor Visitador General Don Eusebio Balza de Berganza, a nombre de Don Miguel de Arriaga, vezino de la ciudad de Lima (cuio poder con la devida so– lemnidad presento y juro) ante Vuestra Señoría en la mejor forma que haya lugar en derecho parezco y digo. Que haviendo muerto alevosamente a Don Antonio de Arriaga, hermano de mi parte, Co– rregidor que fué de la Provincia de Tinta, ha sido judizialmente de– clarado heredero suyo, y tiene azeptada la herenzia con veneficio de Imbentario. Todos los papeles, bienes muebles, alajas, ganados, y veinte y dos mil pesos en dinero, que tenía el citado Don Antonio fueron robados por su homicida José Tupac Amaro como es notorio. Quando se verificó el arresto de este traydor se le aprendió una gran parte de ellos, y porción considerable de Plata sellada según las noti– cias públicas. En esta atención y saviendo que la notoria justifica– ción de Vuestra Señoría ha dispuesto se. restituyan los enunciados bienes a sus respectivos dueños precediendo la correspondiente prue– ba de su pertenencia. A Vuestra Señoría pido y suplico que debolviéndoseme para otros efectos el poder que presento, se sirba mandar se me entre– guen todos los libros, cartas y papeles que se hubiesen encontrado pertenecientes a dicho Don Antonio, y que se me pongan de mani– fiesto los Imbentarios actuados de los bienes aprendidos al Rebelde y sus sequaces, para en su vista y de los mismos bienes, señalar los que tocan a esta testamentería, ofreciendo, como ofrezco, dar infor– mación por aquellos que carezcan de marca, y a mayor abundamien– to, fianza por la entrega de ellos: que es justicia que espero de la distribuida que Vuestra Señoría administra, y para ello etc. Otrosí digo: que mediante allarse en esta ciudad tres esclavos del referido Don Antonio de Arriaga a saver un negro llamado José, una mulata María Candelaria, y una negra Luisa, que notoriamente per– tenecen a la misma testamentaría; se ha de servir la integridad de Vuestra Señoría, mandar se me entreguen inmediatamente para dis– poner de ellos según las instrucciones de mi parte. Que es justicia. Ut. supra. Eusebio Balza de Berganza
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