La rebelión de Túpac Amaru
296 GUILLERMO DURAND FLOREZ recogido en diversas Provincias del mismo obispado, hasta el valor de 996 pesos, 6 reales en dichas clases de los tres indicados Ramos, a exepción del de Tavacos que padeció la que ba referida de los 186 pesos. Allandome en campaña incorporado a el Exercito de la expedi– ción de Puno promobió el Contador de la Administración de Tava– cos del Obispado del Cuzco el recurso de fojas 2 vuelta del citado expediente número 17 y a fojas 4 del mismo consta el decreto del Señor Visitador General antecesor de Vuestra Señoría. La contaduría General de esta Dirección, funda contra mi el cargo en consecuencia del citado decreto, mas no haviendo llegado el caso del secuestro de los bienes que declaró por suyos el Revelde José Gabriel, y menos el de su remate según se acredita por el docu– mento número dies y ocho parece no <leve comprehenderme esta responsabilidad. Las tristes sircunstancias de aquella epoca no permitian que Yo promoviese recurso a el Superior Govierno sobre su Su Excelencia tuviese a bien mandar que se procediese a el remate de los citados bienes del Revelde, cuando ellos por su naturaleza siendo de los que se nominan raises no estaban expuestas a lo que el es polilla o co– rrupción, por ser casas y tierras de sembrio. Agréguese que estando situadas en la Provincia de Tinta, Tea– tro y origen del Revelion, no pudieron haver quien hiciese postura de ellos hasta no ver tranquilizado el Reyno enteramente, y no ha– viendo hallado el Excelentísimo Señor Virrey Don Agustín de Jau– regui, otro medio mas prudente que el de mandar publicar el In– dulto General que a Vuestra Señoría le es notorio, se logró por este medio que Diego Christobal Tupa Amaro, los hijos, Madre, y sobri– no, de José Gabriel, se sustituyese a la devida obediencia, y en su conformidad entraron en poceción de los referidos bienes los hijos de José Gabriel. Esta verdad se ve apoyada en el documento Número 19 y se comprueba no haver habido tal remate según informa a la Superio– ridad de Vuestra Señoría el Real Tribunal de Cuentas en el men– cionado documento Número 19; pues aunque r fiere la entrada que tengo verificada en las Reales Arcas de la ciudad del Cuzco, fue pro– cedente de otros individuos y no de los Inter ses que declaró el traydor José Gabriel. Por todo lo expuesto y documentado suplico a la integrida de Vuestra Señoría se sirba declararme por libre del expresado cargo de los 186 pesos cuando a mas de no s r de mi respon avilidad justifico el celo con que procedí a vencficio de la Real Hazi nda en
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