La rebelión de Túpac Amaru

356 GUILLERMO DURAND FLOREZ los bárbaros insurgentes, es tiempo oportuno de ir cortando las causas pecaminosas de los contravandos y consivo ser justo conce– derle al Administrador General Don José de Lagos, la facultad de nombrar tres guardas onorarios ( sin embargo de estar prohivido ) atendida la necesidad de ocurrir prontamente a la extirpacíón de las sementeras clandestinas, sin gastos de la Real Hazienda, hasta que olvidado el terror pánico, puedan entrar las rondas a establecer sin riesgo los correspondientes estancos y aberiguar la conducta de los citados· guardas = A estos deverá en cargárseles la creación de estanquillos, agregándolos a sus respectivas administraciones parti– culares, donde ocurrirán a producir las cuentas los empleados, avas– tecerse y recibir el premio vajo la práctica establecida == Esto es lo que al Contador General le parece deve executarse para contener los males actuales y facilitar el incremento de valores en el Obispado del Cuzco; sobre cuyos fundamentos podrá esa dirección general dictar las providencias que estime más conducentes. Lima diez y sie– te de Mayo de mil setecientos ochenta y tres == Marcos Alonso Ga– mero - Visto el informe que antecede del señor Contador General de la Renta y estimando para bien fundadas las sólidas razones con que apoya el arvitrio de Don José de Lagos, administrador general de la Renta en el Obispado del Cuzco, sobre que en los valles de La– res y Vilcabamba se nombren algunos guardas supernumerarios que cuiden de evitar las siembras de tavaco que producen sus terrenos, y se ha usado algunas ocasiones con conocido detrimento de los valo– res de este ramo: se concede desde luego facultad al citado adminis– trador para que interinamente y hasta que otra cosa se resuelva por esta dirección general, puede nombrar y nombre a su arvitrio tres guardas supernumerarios, cuyo instituto sea el de celar los contra– vandos de tavaco en los valles de Lares y Vilcabamba, y especial– mente el de impedir absolutamente el beneficio y cultivo de dicha planta, cuidando de que estos encargos recaigan en sugeto de co– nocida buena conducta y que por lo términos de suavidad y pru– dencia, se establescan estancos en aquellos parages ( sino no los hubiere ) para que se aficionen sus moradores al uso del tavaco del Rey y olviden el de sus territorios, a cuyos comisionados les dará el Administrador los títulos correspondientes y avisará a esta dirección los nombres de los elegidos para despachar a su tiempo los que se están disponiendo por la Superintendencia General y tomán– dose razón de este decreto en la Contaduría General de la Renta se devolverá el expediente al administrador del Cuzco para su cumpli– miento, Así lo proveyó mandó y firmó el señor Don Miguel de Oter– mín, director General de la Renta del tavaco, de estos reynos del

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