La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes
88 REPRESENTACION DE LA CIUDAD DEL Cuzco tambien .del exceso del colegio Seminario, pensiones ó sirvientes de la iglesia, hospital y fábrica, son en · b~neficio y c;:ausa piadosa de ~us destinos, y muy . propia gracia de la liberal mano de V. M.;· y cuan– to más ventajosa sea la dotacion de las .prebendas, lo es la retr.oac– cion al ramo de vacantes. 200. Dotada la catedral con aquella suma, y rebajada de los 102.884 pes·os 5 tomines , 2 granos que importan los sínodos de los curas, que se deben pagar por los corregidores en las Reales cajas, sobrarían en ellas para la última aplicacion y destino, que conside– ramos igualmente necesario, 45.529 pesos · 5 tomines 2 granos. 201. Los corregidores, como ya se tiene especificado, no pue– den subsistir con solo el salario de 1.500 pesos de su señalamiento, y en esta demasía se les podía aplicar otros 1. 500 pesos, con que tendrian ya 3. 000 pesos anuales, que en los quince corregimientos de las provincias del Cuzc'o, hacen. 22.500 pesos; y rebajados de aquel residuo, quedarían todavía 23.024 pesos 5 tomines 2 granos, libres ya de otra aplicacion, á beneficio de la Real Haci~nda. 202. Aunque para algunas provincias sé pudier·an tener los 3.000 pesos por. salario equivalente á los corregidores, no lo es en estas del reino del Perú, respecto de los muchos gastos y crecidos costos que tienen en la conduccion de venida y vuelta á Europa, contribu– cion de media anata, despachos, cuentas y residencia que pagan, de– biendo tambien quedarles alguna dem~ía por su trabajo y riesgo; y podrán tener mayor contribucion, con la práctica de otr9 medio, que aumentára al mismo tiempo la Real Hacienda, sin pension con– siderable ni sensible á los vasallos de V. M. 203. Este es el producto de las bulas de ·la Santa Cruzada, que hoy se maneian_por los mismos corregidores, y se. satisface por e.Ii~s su importe á las Reales cajas de V.- M., cuyo rámo ha tenido varia– cion en _sus tasas de pocos áños á esta parte; de modo que evalucin– dose ántes por moneda que se llamaba ensayada, se regulaba .la bu– la de un peso en trece reales y .medio corrientes, y de dos reales en tres y medio, y á este precio se distribuían y cobraban por los curas, satisfaciendo sus importes á los tesoreros de cada administracion; hasta que por nuevo establecimiento, se encargó el manejo á los corre– gidores, y se minoró la tasa á moneda córriente, en lugar del ensa– yado; de suerte, que al presente vale cada bula comun dos reales, y la de un peso ocho r eales, que sirven para dos años, en qu~ corre cada publicacion.·
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