La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes
12 REPRESENTACION DE LA CIUDAD DEL Cuzco 28. Es extremoso el empeño que tienen en esta especie de co– branza, recogiendo los maíces y trigos, tanto por el aumento de la medida y rebaja de precio, cuanto por otro mayor delito, en que les ciega la codicia, que es muy comun en varias provincias, y consiste en que, dejando á los provincianos exhaustos de mantenimientos y sin semillas, les vuelven á dar los mismos frutos que les quitaron, reducidos á menor medida, con el crecidísimo exceso de precio, que asciende á más del ciento por ciento de ganancia, y quedando car– gados de nueva deuda para pagarla con el fruto que cogieron, y sube de punto este tirano medio hasta poner en estado á los miserables, que por recibir para alimento el fruto de que les enajenaron, le vuel– ven á tomar en el duplicado precio, con otros efectos de que no ne– cesitan, y los reciben para pagar este mayor pecho por no morirse de hambre, como ha sucedido generalmente en el presente año, en una provincia cerca del Cuzco, en que se practica en el propio tér– mino que va referido, con un clamor indecible de los pobres. ¿Po– drá verse sin dolor esta ofensa? Pues la han cometido diversos co– rregidores, y se va haciendo estilo general en las provincias que pro– ducen frutos; y para que mejor se comprenda su tirana operacion, se referirán algunos casos que aclaren su inhumanidad. PUNTO TERCERO.- EN QUE SE MANIFIESTAN CASOS Y EJEMPLARES DE QUE SE VALEN LOS ·CORREGIDORES PARA LA COBRANZA 29. En una provincia de esta jurisdiccion del Cuzco repartió un corregidor á un indio trescientos cuarenta pesos en efectos sumamen– te inútiles en excesivo precio; y habiendo solicitado venderlos en la capital, no halló quien le diese más de veinticinco pesos, los que lle– vó para empezar su paga al cobrador; pero no contentándose éste, le embargó y vendió un pedazo de tierra propia y sus cortos gana– dos; y viéndose el indio desposeído de todo, entró en la considera– cion de que, quedando ya pobre, no le darian los corregidores ya más repartimientos, y salió alegre por las calles, publicando haber logrado su libertad con la pérdida de sus bienes. 30. Entró á servir el oficio de corregidor en otra provincia cer– cana á la misma ciudad, un sujeto que contrajo matrimonio al tiem– po de su ingreso, y le dieron en dote los retazos y cabos de un al– macen, subiéndole tan excesivamente el precio, que las cintas de va– lor de un real se las dieron á un peso; los sombreros ordinarios de valor de cuatro reales y medio, se los figuraron de castor al precio
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