La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes

LA VERDAD DES UDA 489 ger los papeles y bienes de esta testamentaría he logrado instruir– me de toda la tragedia y sus antecedentes. 5.-En aquel informe no se habló con toda la clariad que mere– cía la materia, porque a Don Miguel de Arriaga le contuvieron, por su empleo, los respetos de los superiores. Yo lo venero mucho, pe– ro teniendo a la vista la Ley 8~, Título 15, Libro s<:> de las recopi– ladas de estos Reinos, recientemente dictada por vuestra real perso– na, compelido de las obligaciones de fiel vasallo, recordadas a to– dos, en ella, me veo precisado a informar a Vuestra Alteza, veraz– mente, cuanto ha llegado a mí noticia acerca de los principios de la casi general sublevación de estos Dominios, tanto por los docu– mentos auténticos que originales quedan en mi poder y de que son fieles copias los adjuntos testimonios, cuanto por comunicación de personas de carácter, que se me han explicado con libertad, conside– rando el grande interés que tengo en el asunto. Vuestra Alteza gra– duará el mérito de los comprobantes y las proposiciones que no los llevaren, las afianzo yo en toda forma de derecho. 6.-El primer objeto de esta resolución es cumplir con mis debe– res hacia Dios y hacia el Rey. Segundo: defender el buen nombre del Coronel Don Antonio de Arriaga; que aún después de muerto, tan miserablemente, se pretende denigrar por personas de la prime– ra autoridad. Tercero: reclamar contra los maquinadores y causan– tes de su lastimosa muerte los grandes perjuicios que además le oca– sionaron, como a mí. Objetos todos justos, objetos todos importantes que me propongo no perder de vista en este papel, suplicando a Vues– tra Alteza, con el más profundo respeto, se digne inferir el todo de mi justicia de la pequeña parte que pueda representarle mi insufi– ciencia, por la necesaria desconfianza de los Letrados de esa Ciu– dad, que todos son del País. 7.-Desde el número 3 al 20 del informe de 24 de Diciembre se extractarán, justificadamente los escandalosos procedimientos de es– ta Curia Eclesiástica en la competencia de jurisdicción con uestro Corregidor Don Antonio de Arriaga avocándose una causa de tumul– to contra siete vecinos legos del pueblo de Yauri. La hostilidad nun– ca vista con que le persiguió, hasta el extremo de tenerlo excomul– gado fuera de su provincia más de dos meses por capricho del Obis– po y Provisor como lo acredita la declaración del capitán Don Si– món Gutiérrez '\ ecino de esta Ciudad que corre a f ... del documen– to N<? 4; y sin otro motivo que verlo inexorable en la defensa de uestra Real Jurisdicción, según el espíritu de las leyes. La insensi-

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