La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes
20 REPRESENTACION DE LA CIUDAD DEL Cuzco ejemplo dos que fueron más notables.- Estuvo enfermo un mer– cader acaudalado del Cuzco que no tenía deudas, y habiendo hecho su testamento declarando por heredera universal á una hija mayor, pasó el corregidor á su casa, y á vista del paciente recogió sus lla– ves y bienes sin dejarle accion para usar de cosa alguna, ni áun lo que era necesario para su alimento y curacion, que se continuó de prestado: exasperóse su ánimo, y murió llorando su desdicha, por cuyos inventarios llevó el corregidor lo que quiso, sin averi– guarse lo que ocultó. Otro hombre tranvero, con crédito de acomo– dado, adoleció de una enfermedad, y teniendo siete hijos disp\lSO su testamento, con cuya noticia pasó el corregidor á su casa y re– cogió á su vista todos sus bienes con título de asegurarlos á favor de los menores, de que impaciente el enfermo, exclamó del rigor y murió desesperado y despues por los derechos de inventario se apli– có la cantidad que le pareció, que fué excesiva. De estos hechos son innumerables los que pudieran referirse y se omiten por no aglo– merarlos; y es regular en todo el reino que con título de inventa– rios sean herederos los corregidores; y aunque algunos mueran fue– ra de la provincia y sean de extraño fuero, se ha visto que un corregidor con noticia de haber muerto un cura saliese á las doce de la noche pasando peligrosos caminos al pueblo de su doctrina, don– de forzando las puertas de la casa, cajas y papeleras, se llevase hasta las gallinas que habia, no dejando cosa alguna; y reconvenido por el albacea, segun minuta que el finado hizo de todos los bienes que dejó con la mayor menudencia, nada ha conseguido en el término de más de seis años que ha demandado los bienes. 51. Estos y otros muchos sucesos movieron al cabildo secular del Cuzco á representarlos al Virey de Lima, que dió una justifica– da providencia impidiendo la actuacion de los inventarios sino en los casos prevenidos por derecho; y ha dado lugar á estos acaeci– mientos la ménos integridad de los jueces, y que hubiesen entrado á los corregimientos por via de negociación, beneficiando y traspor– tando de unos á otros las mercedes y Reales cédulas de V. M. 52. Sirven de poco las residencias que dan los corregidores al terminar en sus oficios, porque, ó los jueces son adictos suyos y de su conexion, ó los corrompen con el interes, de modo que los agra– viados no se atreven á poner las demandas por los gastos que han de hacer y ningun fruto que han de conseguir; y en las sentencias salen calificados de buenos y fieles ministros y con informes de sus méritos para que sean premiados en nuevos oficios, intentando que por este medio se exalte la iniquidad.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx