La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes
LA VERDAD DESNUDA 613 de esta reciente soberana institución ni de las que prescriben los lí– mites de la Jurisdicción Eclesiástica, quien ignora cuáles son las ge– nerales de la ley?, como se comprueba de Don Vicente de la Puen– te por las declaraciones que recibió en Yauri, y constan a f. . . y f ... pues en todas significó que estas excepciones están adictas a la edad, y al estado de los testigos; cuya crasa ignorancia pone al Cura Puen– te en el rango de los más estólidos, a pesar de la vasta instrucción de los derechos que aparenta." "De lo dicho se infiere evidentemente que los Comisionados de la Curia Eclesiástica, siguiendo las órdenes del Reverendo Obispo, se han avocado la Causa del vecindario de Yauri; luego es notoria la usurpación de la jurisdicción de mi Juzgado; luego han incurri– do Don Vicente de la Puente y Don Faustino Rivera en la pena de perder la naturaleza y temporalidades que tuvieren, y de ser habi– dos por "agenos y extraños de las Indias", según lo prescribe la ci– tada ley 12, Título 10, Libro 1 Q de las de estos Reinos cuyo cumpl~miento pido." "Las injurias que el Cura de Coporaque infirió a mi Juzgado son de tanto bulto que no necesitan más comprobantes que la lec– tura de sus oficios de f. . . y f ... , despachados a mi Comisionado Balza; porque apenas se encontrará en ellos palabra que no abrigue un dicterio como individualmente lo expuso éste al Reverendo Obis– po en su representación de f ... que le dirigió, solicitando su desa– gravio con la condigna pena de Puente por haberle insultado tan injustamente; pero bien distante de castigarle, ni aun reprenderle, como correspondía a vista de una queja tan bien fundada, lo ha condecorado más el Prelado, nombrándole posteriormente Vicario de esta Provincia." "Balza en virtud de las facultades que le conferí por el despa– cho de f. .. , era otro Yo, y consiguientemente debía estimarse por el Juez más autorizado de la Provincia. Y aunque le parece a Puen– te que es sujeto desnudo de representación, la tiene mucho mayor que él (prescindo del carácter sacerdotal) ya por su nacimiento que está excepto de toda nota, ya por haber servido a Su Majestad con honor más de diez años en una Real Oficina de las principales de España, de que tiene varios comprobantes, y ya por haber mereci– do últimamente a la piedad del Rey la confianza de encargarle co– misiones importantes a su Real servicio, cuyos duplicados de las Reales Cédulas que se libraron para el efecto en el Supremo Con– sejo de Indias, deben existir en ese Superior Gobierno, según me ha informado; luego las ofensas hechas por el Cura Puente a mi Co-
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