La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes

656 OFICIO DE VISITA za las calamidades que estaríamos quizás llorando ahora mayores que las pasadas. Asegurada en el Cuzco aquella vil familia con sus secuaces, y en esta capital los dos principales miembros de ella, empezó el reino á respirar del susto en que habia estado, y se vieron ya libres los caminos, restablecidas las poblaciones, y el Erario en estado de disminuir sus gastos licenciando algunas tropas, pero no pudo ser cabal la confianza hasta que se ejecutó el merecido castigo en los traidores, y á este fin pasó al Cuzco por mi dictámen un ministro que sustanció las causas, impuso las penas, y conducidos á esta ca– pital los que no la merecian de muerte, han sido todos trasplanta– dos á ese reino por mi influjo, que aconsejó y sostuvo lo mismo que S. M. despues se sirvió mandarnos. No faltaron riesgos y amagos en algunas provincias, y especial– mente en la de Guarochiri, inmediata á esta capital; pero pregun– tándome el Virey y siguiendo sin repugnancia mis votos, se ocurrió al instante á todo, se castigó el que lo merecía, y con su ejem– plo entraron los demas en subordinacion, y ésta es la época en que debe fijarse la verdadera tranquilidad del reino, y yo tengo la sa– tisfaccion de haberlo aquí conservado tanto con mis consejos y dictá– menes como en Potosí lo había ántes hecho con mis providencias y las armas; y por no dilatarme en este asunto, omitiré otras muchas incidencias que á V. E. constan de los repetidos informes con que he continuado dando las noticias más interesantes, que sólo recuerdo ahora como parte tan esencial de los trabajos de mi visita, que rea– nimada, como ántes dije, en el momento más crítico, ha logrado es– tos felices sucesos y los demas que, siguiendo los artículos de su ins– truccion, iré ahora apuntando. Se informa el cumplimiento del art. 3Q de las Instrucciones de visita en el arreglo del Tribunal de Cuentas de Lima.- La inspec– cion del Tribunal de Cuentas, sus empleados y labores, fué el prime– ro ó primordial encargo que se comprendió en el art. 3Q de las cita– das Instrucciones, y yo lo reconocí tan importante, que puedo ase– gurar á V. E. que no habrá pasado un dia solo que no esté señalado con alguna providencia de mi cuidado sobre el arreglado ejercicio de este tribunal. Ya mi antecesor lo habia procurado en el reglamento que el año de 80 hizo; pero como al mismo tiempo, por justas consideraciones que tendria, distrajo á otras ocupaciones fuera del general, y áun de esta capital, cuatro de los contadores de rentas, y suprimido el

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