La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes

OFICIO DE VISITA 663 ya luégo se hizo natural y fácil por haber quedado tres de sus parti– dos comprendidos en esta intendencia, y haberse unido el de Jauja á la de Tarma, y esta providencia de extincion, de que dí á V. E. cuenta con el núm. 473, fué la última y única que hube que expe– dir en cuanto á ·dichas cajas. La de Paseo es hoy de la intendencia de Tarma, su ar.reglo no ha exigido particulares providencias, porque los desórdenes que en ella se habían notado, especialmente en el atraso y complicacion de deudas imputadas en mucha parte á las negociaciones de los mi– nistros que anteriormente las sirvieron, su correctivo en la mutacion de manos, y las que hoy sirven allí, llevan en su torno regular el manejo, y en el dia gozan de los dos subalternos oficial primero y segundo, que son necesarios para la expedicion de los negocios. Las deudas formaban el más difícil de aquella caja, porque en realidad eran muchas, cuantiosas y oscurecidas, ya por su misma an– tigüedad, ya porque los pagamentos verificados no habian tenido le– gítimos destinos, ya, finalmente, por el mal curso de las diligencias de cobro, que en lo comun se habian reducido á secuestrar fincas y traerlas de depositarios en arrendatarios, recreciendo su gravámen sin producir abonos, y abrigando furtivas negociaciones de todos es– tos interventores. Contra todos estos desórdenes he puesto mi desvelada diligencia, y en la que he dedicado á la substanciacion de los procesos se han esclarecido las deudas más intrincadas, se ha desterrado el fraude de depositarios en casi todas, y donde el alcance se ha visto redu– cido á suma corta, he restituido las fincas á los propietarios, alivián– dolos con las esperas, cuando las han pedido con plazos congruos y afiances idoneos; y ha sido en todas mi principal estudio no dejar prolongar secuestros, que son la ruina de deudores y acreedores si no se siguen con el tesan debido; y bajo del pretexto, en lo regular abusivo, de terceros opositores, se perturbaban ántes las ejecucio– nes y remates, las fincas, en lo comun minerales, carecían de proteccion y asistencia, y el Rey en sus quintos y deudas, y los due– ños en el valor de las fincas, quedaban al fin burlados y descubier– tos; pero todo esto ha sido cortado, y se ha logrado por mis provi– dencias, así el cobro de cantidades gruesas, como el remate pronto de fincas que han adquirido dueños más hábiles para sostenerlas, y han exhibido sumas para la cancelacion ó rebaja de las deudas que motivan su secuestro; y no contento con haber dado este ejemplo para el curso de aquellos juicios, tengo hecha esta importante ad– vertencia al intendente de aquella provincia, y espero bajo de su

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