La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes

OFICIO DE VISITA 671 dificultosamente podía reintegrarse, y así, á más de otros embara– zos que demoraban la expedicion de cuentas atrasadas, era insupe– rable el de la comprobacion, que ya no era dable conseguir de los administradores que la omitieron en su debido tiempo, y más va– lia tomar arbitrio de reducir á la esfera de cuentas de tesorería las generales que la aduana debía presentar, pues de lo contrario, ni de uno ni de otro modo se conseguiría que las produjesen. Así lo dispuse en cuanto á las administraciones foráneas de es– ta capital, que mandé se pasasen ordenadas como cuentas de teso– rería, debiéndose sólo ordenar y comprobar en plena forma las res– pectivas á la casa Aduana de Lima, en la que no había pretexto de excusar la justificacion plena que debía prestar aquella oficina, y así en este punto observé literalmente la prevencion del art. 15 de las Instrucciones de visita, y como en las receptorías foráneas era de todo punto inasequible, mandé que se cobrasen los alcan– ces confesados, y que tirado el cargo y legítimamente distribuido, se exigiesen los alcances que de este cotejo resultasen. Por este medio están ya en el tribunal las cuentas atrasadas de Aduana, glosándose y feneciéndose, y exigiéndose los alcances opor– tunaniente, sin que en este negocio me haya quedado que proveer, habiéndolo hecho de cuanto lo han permitido las circunstancias, aunque no de cuanto hubiera querido vencer mi celo, porque conocí que se perdería en vano y sin fruto el tiempo, como ya lo dije á V. E. en informe núm. 296, que ha merecido la Real aprobacion, y actualmente voy ya á dar la última mano á este negocio de cuen– tas atrasadas de alcabalas para dejarlas de una vez vencidas y co– rrientes, y no gastar el dia y dinero inútilmente en imposibles in– fructuosos y oficinas superfluas, como el mismo jefe de la conta– duría de alcabalas, D. Nicolas Sanchez Sirgado, me ha representa– do con el celo, inteligencia y pureza que acostumbra, áun siendo contra la subsistencia de su propio empleo, en que tanto ha trabajado. Conclúyese que el art. 214 de la Instruccion de intendentes haya preparado por la visita cuanto necesita para su cumplimiento.– Las <lemas oficinas que deben rendir sus cuentas en este tribunal, nos han sido disimuladas en algun retardo cuando han dado lugar á que se les note, y así, por lo respectivo al ramo de Cruzada del de tributos, media annata y lanzas, he cuidado de expedir mis de– cretos y órdenes, para que cumplan con la importante presentacion de cuentas de la contaduría de tributos, que no tenía prescrita forma para hacerlo, se la he señalado en la instruccion que le he formado cuya indicacion repito aquí por ser su propio lugar, aun-

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