La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes
OFICIO DE VISITA 691 dente que iba á establecerse, y éste fué el objeto con que en desem– peño del artículo de la Instruccion de visita y de lo que nuevamen– te me encargaba el 121 de la de intendencias, trabajé las Instruc– ciones que, tanto para el método de las matrículas, como para el de la contaduría de tributos, tengo remitidas á V. E. con el núm. 369 y siguiente, que me excusan volver aquí á detallarlas. El efecto está acreditando bien palpablemente las ventajas pues se están ya practicando las nuevas matrículas con el mayor sosiego, y hasta ahora no ha habido una en que no se reconozca aumento, que en algunas provincias ó partidos es considerable, y en todas juntas espero con bastante seguridad que el ramo suba notablemente y sucesivamente se adelante, de modo que será uno de los más pin– gües y arreglados si con celo y constancia se siguen las reglas que están dadas y procuran los intendentes su puntual observancia, y baste para acreditar que no me equivoco, la experiencia, los padro– nes provisionales de que ántes hablé, pues sin embargo de que por la mortandad de los indios y desgracias de la rebelion parecia na– tural hubiese decaído el ramo, tuvo, como ya dije, aumento, luégo que se ejecutó con la justificacion debida aquella imperfecta dili– gencia que confirma lo que debe operarse y estamos viendo de la otra más solemne y arreglada de las matrículas. Otras muchas providencias se han expedido en particulares ex– pedientes y casos, con lo que áun ántes de formar las instruccio– nes se allanó el camino para ellas y volvió el ramo á convalecer del fatal golpe y confusion que amenazó su última ruina en la pa– sada rebelion, y siendo éste el doloroso estado en que lo hallé ten– go la satisfaccion de que ahora quede en el ventajoso pié que nun– ca tuvo, y de que toda la pérdida que aquella fatal desgracia oca– sionó haya sido reducida á 213.343 pesos 3 rs. 10 granos que impor– tó el indulto concedido y publicado ántes de mi venida. En todo lo dicho comprendo tambien el vireinato de Bueno.5 Aires, porque como el art. 121 de la Ordenanza de intendentes me encarga extienda á él la Instruccion que formé, la pasé al instan– te, y tengo tambien remitidos á aquella capital todos los papeles concernientes al arreglo y esclarecimiento de los tributos de su distrito, segun habrá visto V. E. por los índices que con el num. 437 le remití, y no dudo se consigan las mismas ventajas, porque aunque la emulacion de haberse formado aquí la Instruccion pu– diera en alguna provincia abultar dudas ó embarazos todos quedan desvanecidos con la práctica de este vireinato y la igualdad del te– rreno de ambos en los partidos de la Sierra, donde son unos mis-
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