La rebelión de Túpac Amaru: antecedentes
692 OFICIO DE VISITA mos los indios y reglas con que anteriormente se han gobernado por providencias de esta capital. Ar tíctlfos 33 y 42 de la Instruccion de visita que no se han cum– plido por ser relativos al vireinato de Buenos Aires, donde estaba mandado suspender aquella comision.-No he podido en el mismo vireinato de Buenos Aires tomar conocimiento de los indios de sus misiones para cumplir el art. 33 de la Instruccion de visita, porque cuando vine á hacerme cargo de ella, estaba ya mandada suspen– der en aquel territorio en que no ha llegado el caso que se pre– vino de personarme para poder obrar con este carácter, y esta mis– ma advertencia dejo hecha para el art. 42 de la propia Instruccion relativo á la caja de censos de la ciudad de la Plata, por ser todo lo que en ambos debo decir para que no se extrañe la falta de su cumplimiento. Dase ra:ton de los aranceles mandados formar á los prelados ecle– siásticos y nuevamente encargados por el art. 34 de la Instruccion de visita.-Por el art. 34 de la Instruccion de visita se recuerda la formacion de aranceles que por repetidas Reales cédulas se ha– bían mandado formar á los prelados eclesiásticos, y confieso que hallándolo sin cumplimiento por mi antecesor, seguí con gusto sus huellas, porque á más de que en este asunto debe ser la principal obligacion de los prelados, patronato y gobierno, conocí las sinies– tras interpretaciones con que se malquistaría el celo de la visita si lo promovia, y que serian inútiles sus esfuerzos, porque segun la ex– periencia que traía de Potosí, donde agité este negocio, jamas se conseguirá arreglarlo, si la soberana autoridad del Rey no expide órdenes muy estrechas á la junta ó personas que especialmente co– misione, con el lleno de facultades necesarias para examinarlos, oyendo con precaucion á los curas interesados, pues en lo general estamos viendo, y yo lo toqué así, porque sus declaraciones no dan para mantenerse sin el sínodo aquellos curatos ó beneficios, que, por otra parte, sabemos enriquecen á sus poseedores y les valen muchos miles, con cuya consideracion se pretenden con ánsia en los concursos, sin que sea. fácil declarar judicialmente esta para– doja, que en el práctico conocimiento del reino penetran muy á fondo los que con imparcialidad, justicia y buen celo desean su re– forma. Fomento del cuerpo de minería, su arreglo y actual estado, con las providencias que se han dado en cumplimiento de los artículos 35 y 36 de la Instruccion de visita.-Otra hay no ménos interesante
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