La rebelión de Túpac Amaru: la rebelión

DOCUMENTOS DE LA REBELIÓN DE TÚPAC AMARU 99 con las demás recomentables circuns (ff. 3) tandas, que le asistían, le hacían muy benemérito para que S. M. le atendiese en la provi– sion de Canongías, y Dignidades de aquella Iglesia. Los Prelados de los Conventos de Santo Domingo, S. Francis– co, S. Agustín, la Merced, y S. Juan de Dios de la misma Capital del Cuzco en dos Informes, el uno con fecha de diez y seis de Julio de mil setecientos y setenta, y el otro con la de diez y ocho de Agos– to de mil setecientos setenta y dos: el Provisor D. Manuel de Men– dieta en otro de diez y ocho del propio mes de Julio: el Provisor, y Gobernador del Obispado D. Francisco J oseph de Marán en otro de treinta de Marzo de mil setecientos setenta y dos; y finalmente el Provincial de la Religion de S. Francisco en otro de veinte y sie– te de Agosto siguiente, aseguraron la suficiencia del referido D. Mi– guel de Iturrizarra, así en la Teología, como en la Jurisprudencia Canónica, su habilidad, y crédito para predicar, su aplicacion al me– jor desempeño del encargo de Vice-Rector, su integridad, y buenas costumbres, su nacimiento de padres nobles Españoles solteros, su compostura, y buen despacho de los negocios que se le habían en– comendado, añadiendo que su mismo recto proceder le había con– ciliado algunos émulos, que no sería estraño procurasen desacredi– tarle: y tambien se expresa en (ff. 3v) algunos de estos Informes es– tá recibido de Abogado en las Reales Audiencias de Lima, y Charcas. Asimismo consta que con justificacion de sus méritos, y de ser hijo natural de D. Miguel de Iturrizarra, y de Doña Michaela de Bejar, solteros, y vecinos Españoles nobles de la Ciudad del Cuzco, ocurrió á la Cámara solicitando habilitacion para obtener, sin em– bargo de su ilegitimidad, qualquier Curatos, Prebendas, y Dig– nidades del Real Patronato, la que se le concedió por Real Cédula de trece de Noviembre de mil setecientos sesenta y nueve, en aten– cion así á sus circunstancias, como á la de los honores y privilegios que por leyes de estos Reynos gozan los hijos naturales: constando igualmente, que dispensado por Breve Pontificio de catorce de No– viembre de mil setecientos setenta y dos qualquier impedimento canónico, con que por razon de su ilegitimidad se hallase para orde– narse, y obtener Beneficios, y Prebendas eclesiásticas, y habiéndo– le presentado en el Consejo pidiendo su pase, se le concedió abso– lutamente por Acuerdo de nueve de Marzo de mil setecientos se– tenta y tres. Finalmente consta, que habiendo hecho oposición á varios Cu– ratos de dicho Obispado del Cuzco, propuéstole el Cabildo Sede va– cante, y presentádole el Virrey del Perú, (ff. 4) como Vice-Patrono

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